Aclaración
La Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) rechazó la pretensión del sindicato de estaciones de servicio de incluir a los trabajadores en el reparto del adicional sobre el precio de los combustibles. Su titular tildó de “disparate” el pedido
Mediante una nota que lleva la firma de su presidenta Rosario Sica, la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), expresó su rechazo al reclamo de empleados de participar de lo recaudado en concepto de tasa vial, un adicional sobre el precio de las naftas y el gasoil que se cobra en algunos municipios de la provincia de Buenos Aires.
El documento expresa la preocupación de la entidad por los dichos vertidos por el titular del gremio Carlos Acuña en un reportaje concedido a este medio. En el mismo expresa que “el sindicato está reclamando a los municipios bonaerenses en los que se aplica el canon a los combustibles el cumplimiento del convenio colectivo de trabajo homologado en Buenos Aires, el cual establece, según indicaron a este medio, que ante un adicional sobre el precio en surtidor les corresponde un reconocimiento del 16,5 por ciento”.
Más adelante Acuña manifiesta “en el artículo 70 del convenio de FECRA dice que todo lo que se cobre por fuera del costo del combustible los trabajadores deben percibir un 16,5 por ciento”
Sica sostiene que “no es cierto que el CCT 521/07 autorice a repartir un tributo, como la tasa vial. Eso sería, además de un verdadero dislate, una ilegalidad; no puede “repartirse” entre particulares; porque ello sería apropiarse indebidamente de los fondos públicos, lo cual es un delito”.
Asimismo remarca que el Artículo 67 del CCT 521/07, dice textualmente: “las partes dejan estipulado que para el caso de autorizarse por las autoridades nacionales la aplicación por la parte empresaria del cobro de sumas adicionales al precio al público de los combustibles, destinadas a la recomposición de la rentabilidad del sector, los signatarios del presente convenio establecerán de mutuo acuerdo una suma fija o un porcentaje de tal adicional a abonar a los trabajadores en virtud de la recomposición de rentabilidad aludida”.
Es decir, explica la directiva de FECRA, “el Estado Nacional (y no una municipalidad como el caso de la Tasa Vial, ni siquiera una Provincia) es la autoridad que debe intervenir; b) El estado Nacional debe autorizar a las empresas del sector a cobrar y no a “recaudar” como en un tributo; c) Lo que debe autorizar es una suma adicional al precio al público de los combustibles destinada a recomponer la rentabilidad del sector; vale decir que queda de propiedad de los empresarios; d) Dados todos los supuestos anteriores, y sólo en caso en que así sea, las partes –empresaria y sindical- determinarán una suma fija o porcentaje de tal “adicional” a abonar a los trabajadores, siempre y cuando se dé la recomposición de la rentabilidad del sector”.
“Resulta muy claro que en ningún momento el CCT 521/07 autoriza a repartir un tributo, y que la tasa vial está tan lejos de constituir el supuesto del art. 67 del CCT 521 que es un disparate interpretar otra cosa. Eso, reiteramos, sería además una ilegalidad total”, subraya Sica.
En la nota, la referente de los estacioneros bonaerenses afirma además que “ese medio (por surtidores.com.ar)“viene cercenando la aplicación de nuestro CCT 521/07 a un ámbito mucho menor que el que tiene legal y realmente”. En este sentido explica que “nuestro CCT 521/07, de ámbito nacional por la representatividad de nuestra Federación, se aplica actualmente no sólo en “Capital Federal y parte de Gran Buenos Aires” como se afirma allí, sino a toda la Provincia de Buenos Aires, Misiones, Jujuy, Formosa, Catamarca y Santiago del Estero; provincias que han adherido expresamente y hace años vienen aplicando el CCT 521/07. Y seguramente seguirán sumándose otras jurisdicciones”, concluye el informe.
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cercenando, cercenando…, bien que se la pasan copiando y pegando en su pagina…!!! porqué no producen algo uds???