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Los reiterados faltantes en las liquidaciones de caja que se produjeron en algunas estaciones de servicio durante los últimos tiempos motivaron medidas innovadoras por parte de los expendedores y las petroleras quienes adjudican islas o surtidores a los empleados que deben hacerse responsables de la recaudación correspondiente. Qué establecen los Convenios de Trabajo y como actúa
Durante los últimos meses los responsables de algunas estaciones de servicio independientes y de red- comenzaron a advertir reiterados faltantes en las liquidaciones que los empleados de playa deben efectuar al cierre de turno. La capacitación y la prédica constante acerca de esta situación no consiguieron los efectos deseados razón por la cual expendedores y petroleras decidieron acudir a medidas innovadoras.
Una de ellas, la más utilizada al presente, consiste en adjudicar al trabajador islas o surtidores fijados de antemano de los cuales deben hacerse responsables de la recaudación correspondiente. La medida apunta a delimitar el área de acción de cada playero de manera de poder determinar la competencia de cada uno.
Claro que esta decisión conlleva un trastorno cuando el empleado debe abandonar su puesto por alguna causa. Es aquí cuando aparecen en escena los inefables conos naranja anulando la operatividad del surtidor hasta el regreso del operario. Otro inconveniente se presenta al momento de prestar ayuda cuando la afluencia de público lo requiere, posibilidad esta que se desestima para nominar la potestad del faltante.
Las acciones llevadas adelante por los estacioneros se fundan en su vulnerabilidad ante
Considero que le cupo a la patronal adecuar o tomar medidas disciplinarias de modo progresivo, máximo cuando se trataba de un vínculo de años, lo que lleva a pensar que la patronal le tenía confianza en su conducta. También considero que la accionada ante tales conductas que como se dijo `se repitieron por años´, pudo haber colocado al trabajador en otras labores, sin embargo surge que siguió manteniendo al actor en su puesto de trabajo y colocando bajo su responsabilidad el manejo del dinero, que por sí denota la confianza depositada en el trabajador, afirma el Dr. Claudio Silvio Longhi, Juez Civil Comercial y Laboral de Charata en la sentencia.
Los convenios colectivos del sector también aclaran puntualmente esta situación. En los casos que manejen el dinero de las cajas personas ajenas al turno correspondiente, en ningún caso se le descontarán faltantes a los trabajadores, ya que para hacerse cargo de sumas de dinero, debe manejar los fondos el trabajador que se haga responsable de acuerdo a la categoría asignada a su labor específica. Asimismo, para el supuesto de faltante de fondos, será responsable en forma solidaria, la totalidad del personal que tuvo en dicho turno manejo de fondos.
Asimismo agregan que las rendiciones de las cajas de cada turno se realizarán en planillas diarias, las que se controlarán dentro de cinco días de efectuada la rendición, los faltantes serán notificados a los trabajadores por nota y en el mismo término. En caso de faltantes o sobrantes en las cajas, los trabajadores tienen derecho a solicitar el control personal de las planillas diarias de rendición, a efectos de detectar dichas diferencias.
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