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Especialistas en derecho explican que las empresas privadas, damnificadas por el canon a los combustibles que se aplica en varias localidades de la Provincia de Buenos Aires, están en condiciones de realizar presentaciones a las autoridades rechazando el impuesto. Consideran que colaboraría en frenar su instrumentación
Las cámaras empresarias que representan a las bocas de expendio de Buenos Aires están tratando por todas las vías legales posibles de que se elimine la tasa vial a los combustibles implementada a principios de año en Junín, Pergamino, General Rodríguez, San Miguel, Vicente López, Tigre, Moreno y Olavarría. Hasta el momento consiguieron frenar una iniciativa de similares características en Capital Federal y en la provincia.
Sin embargo, Fabián Tobalo, asesor legal de la Federación de Expendedores de Combustible y Afines de la provincia de Buenos Aires (FECOBA) afirma que “es importante que los expendedores cuestionen la validez de esas tasas”, siendo que “las cámaras no siempre son consideradas sujetos legitimados, al no ser afectados directos”. Entiende que los reclamos de empresarios independientes sumarían fuerza en la lucha contra el gravamen.
“Hubo algunas presentaciones particulares de expendedores, por caso en Junín, con medidas cautelares de alcance limitado a las firmas peticionantes. El antecedente es importante porque el Juez, si bien limitó la cautelar a las firmas que se presentaron, ya adelantó un criterio favorable a la ilegitimidad de esas tasas”, sostiene el experto.
Por su parte, el Gobierno nacional impugnó judicialmente el canon a las naftas y gasoil, llevando la resolución definitiva a la Corte Suprema de la Nación. Lo mismo ocurre en Buenos Aires. No obstante, Tobalo estima que ese trámite puede demorar bastante tiempo, por eso la necesidad de efectuar denuncias por otras vías administrativas y judiciales.
Mientras tanto, desde FECOBA realizaron una presentación ante el Consejo Federal de Impuestos, cuestionando su constitucionalidad al sostener que por las condiciones en que se instrumenta se trata en realidad de un impuesto, atribución negada a los municipios por la ley de coparticipación federal 23.548.
“Como la Comisión es autoridad de aplicación de la Ley 23.548, tiene potestad para vigilar el cumplimiento de los compromisos asumidos por las Provincias que adhirieron al sistema (entre ellas la de Buenos Aires), y puede adoptar medidas para que los municipios cesen en esa práctica, que es lo que hemos solicitado de la Comisión”, explicó Tobalo.
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