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A partir de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal fallara a favor de las empresas auditoras haciendo lugar a la medida cautelar y en consecuencia ordenando la suspensión de
Originalmente la normativa desplazó a las empresas en virtud de denuncia anónima mediante la cual se sugería la indebida e irregular utilización de los Registros creados en el ámbito de
Sin embargo y ante la medida interpuesta por las firmas afectadas, el Juez Federal interviniente no solo resolvió su reestablecimiento sino que además ordenó la inaplicabilidad del registro creado mediante la resolución hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
De esta manera la nómina quedó conformada según se detalla a continuación:
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