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Las personas jurídicas deben completar y enviar antes del 1º de abril, la información de la empresa correspondiente al Censo Nacional Económico. De no remitir los detalles, no se podrán realizar operaciones bancarias.
El Censo Nacional Económico 2020/2021 es elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y busca “cuantificar las transacciones económicas del país tanto por sector institucional como por sector funcional“, es decir, que su objetivo es actualizar las bases de datos sobre la actividad económica de empresas e individuos a lo largo del país mediante un relevamiento estadístico con el fin de poder caracterizar a todos los productores de bienes y servicios por tamaño, ubicación, actividad económica y sector institucional.
Alcanzará de forma obligatoria a todos los sectores registrados como productores de bienes y servicios y su intención es sentar las bases para un sistema integrado de estadísticas económicas a partir de la construcción del Registro estadístico de unidades económicas (REUE).
Las Estaciones de Servicio están comprendidas en esta obligación según su categorización impositiva a saber:
El certificado censal es requisito para realizar trámites bancarios y ante diversos organismos. En este sentido, a partir del día 1 de abril de 2021 para las personas jurídicas, del 1 de mayo de 2021 para las personas humanas –responsables inscriptas y del 1 de julio de 2021 para las personas humanas– monotributistas, y hasta el día 28 de febrero de 2022, las entidades bancarias deberán exigir la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal” (CCC) –que acredita su cumplimiento – como requisito previo para dar curso a las siguientes operaciones:
La falta de dicha documentación impedirá la prosecución del respectivo trámite.
Como respaldo, el INDEC brindará un “web service” que permitirá consultar el listado de todas aquellas personas jurídicas y humanas que hayan completado el CNE.
Para ingresar al aplicativo de e-CNE se requiere la validación de la identidad de las personas mediante CUIT y Clave Fiscal porque INDEC utiliza la plataforma “Autenticar de AFIP”. Luego de la validación los usuarios son redireccionados al cuestionario web para completar.
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