La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de
El uso del reagente es obligatorio para los titulares de estaciones de servicio, bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores de combustibles líquidos, para detectar la procedencia de los mismos, ya que desde el sur del Río Colorado y hasta Tierra del Fuego, los valores de comercialización son más bajos en virtud de encontrarse exentos del Impuesto a
Vale recordar que si bien el examen de control resulta ineludible para el operador, el costo de los reactivos se computa como pago a cuenta del IVA hasta $ 3.000 por año, por establecimiento que deba realizar el ensayo. La operatoria será procedente siempre que los reactivos adquiridos hayan sido entregados y las respectivas operaciones se encuentren facturadas y abonadas.
Este punto es motivo de discusión ya que los expendedores cuestionan el traslado de la función que antes correspondía al Estado, soportando a su cargo los gastos de la función verificadora.
Sin embargo distintos fallos judiciales rechazaron tal apreciación alegando que el mecanismo de control no implica un costo adicional del cual se tengan que hacer cargo exclusivamente los estacioneros ya que la normativa actual les da la posibilidad de recuperar o compensar el gasto efectuado para la provisión de los reactivos químicos exigidos para dar cumplimiento a la obligación impuesta por
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