Héctor Baldassi, Diputado por el PRO de Córdoba, presentó en el congreso un proyecto de ley que establece incentivos fiscales y beneficios impositivos para el desarrollo de la industria automotriz eléctrica, consiguiendo el apoyo de amplios sectores. La iniciativa impulsa la instalación de una red de Estaciones de Recarga Eléctrica (ERE)
En prácticamente todo el mundo existe legislación que regula el uso de vehículos propulsados a energía eléctrica. En Europa, Estados Unidos, Israel y otros países este sector crece a pasos agigantados, principalmente por sus beneficios económicos y ecológicos. En Argentina, en cambio, hay pocas iniciativas tendientes a su desarrollo.
Sin embargo, con la colaboración de las asociaciones empresarias, días atrás el diputado de Córdoba, Héctor Baldassi, del PRO – ex árbitro de fútbol – presentó una propuesta para legislar la actividad, necesaria para abrir las puertas a inversores locales y extranjeros. El funcionario propone reducir en un 25 por ciento los aranceles de importación de vehículos, piezas, baterías y componentes de estaciones de recarga relacionados con la movilidad eléctrica o híbrida.
El equipo técnico que asesora al legislador también sugiere la exención por 15 años de los impuestos de Ganancias e IVA para los vehículos de este tipo fabricados en la Argentina, con al menos el 50 por ciento de piezas locales.
El arquitecto Miguel Ángel Bravo, titular y creador de la Compañía Argentina de Automóviles, la empresa que desarrolló el RodOn, el primer citycar eléctrico argentino para dos personas, destacó a surtidores.com.ar los efectos de la iniciativa: “la idea es poner el tema en agenda para tratar de aprobar un proyecto de ley y así reclamar al Poder Ejecutivo la reglamentación definitiva”.
Según expresa el texto del proyecto se considerarán comprendidos dentro del régimen de tecnología vehicular alternativa los vehículos de propulsión con motores eléctricos exclusivamente, los repuestos y herramientas aplicados a esa tecnología; los vehículos de propulsión eléctrica y alternativamente o en forma conjunta por motor de combustión interna, vehículos híbridos (VEH) y Vehículos Híbridos Enchufables (VEHP) y la totalidad de los repuestos y herramientas aplicados a esta tecnología.
También contempla a los rodados que insumen por otro tipo de tecnologías alternativas, según sean definidos por la Autoridad de Aplicación con sus respectivos repuestos y herramientas aplicadas. Y con el objetivo de fomentar la producción local se incluyó a “los equipamientos, materiales, repuestos y accesorios necesarios para conformar la infraestructura de recarga eléctrica de dichos vehículos, tanto en el orden domiciliario como los de la red de Estaciones de Recarga Eléctrica (ERE), que deberá establecer la reglamentación”.
La autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de Industria de la Nación. El primer artículo establece: “La República Argentina adopta, como política pública y de interés general de la nación en materia ambiental y de recursos energéticos no renovables, los preceptos enunciados en la presente ley que tienen como objetivo estratégico incentivar un cambio integral y paulatino en la propulsión convencional de vehículos de combustión interna derivadas del petróleo, tanto de uso particular como del transporte urbano de pasajeros y carga, promoviendo la incorporación de vehículos con tecnologías de energías alternativas tendientes a reducir la contaminación sonora y las emisiones de gases de efecto invernadero y contaminantes, como así también, lograr un mejoramiento en la eficiencia autosustentable del sistema energético nacional”.
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Estoy desarrollando un proyecto para disponer de terminales de carga para autos eléctricos en estacionamientos en Bs As capital federal pero no encuentro mercado donde conseguir los tableros de carga,
Lo publico en este sector para ver si me puede ayudar con este tema