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La Secretaría de Energía recordó que el titular de bandera o de la marca independiente es solidariamente responsable con el dueño de la estación de servicio en todo lo relativo al envío de información previsto en la resolución 1104/04
El envío del relevamiento mensual de precios y volúmenes de los combustibles comercializados por las estaciones de servicio es una obligación contemplada en la resolución 1104/204. Según ordena su Artículo 9º, la información de la cantidad deberá ser remitida en metros cúbicos mientras que los precios promedio ponderados de venta y los vigentes al último día de cada mes, deberán ser expresados en pesos por litro.
Sin embargo muchos expendedores remiten los datos erróneamente, ya sea en una u otra variable. De acuerdo a lo informado por agentes de la dependencia, es frecuente que indiquen los volúmenes en litros o que no especifiquen el grado correspondiente del producto, ya sea 2, 2B o 3.
Para subsanar estos inconvenientes, recientemente se puso a disposición dentro del portal (http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2576) un programa para cambiar la declaración en bloque, evitando tener que hacerlo mes por mes. Previo mail de la Secretaría, se deberá ingresar en “Modificaciones Autorizadas” y una vez rectificados los datos confirmarlos por el mismo medio.
El Ing. Roberto Fanesi, responsable del área correspondiente, afirmó que “entre 500 a 600 estaciones de servicio ya corrigieron los suyos” e invitó hacerlo a todos aquellos que adviertan haber cometido errores en el envío de la información.
No obstante, advirtió que no sólo el operador es responsable de esta tarea, sino que también está involucrada la petrolera. Al respecto, Fanesi recordó que el Artículo 13 de la normativa expresa que “el titular de bandera o titular de la marca independiente, será solidariamente responsable con el dueño de la estación en todo lo relativo al envío de información previsto en la resolución”.
A pesar de ello el funcionario saludó que el 95 por ciento de los estacioneros cumple con la obligación “sin inconvenientes”, al tiempo que instó a quienes no lo hacen a regularizar su situación antes que se les de de baja del Registro de Operadores, condición que les impedirá ser abastecidos de combustibles por su proveedor.
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