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Ícono de calendario Jueves, 25 de junio 2015 Revés judicial

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Por no utilizar un método idóneo para comunicar un despido, la estación de servicio debió indemnizarla

El Juzgado Nº 63 de la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo consideró injustificado el despido de una playera de una estación de servicio de GNC, a quien sus responsables se lo comunicaron a través de un memorando. “No resulta un medio suficiente para acreditar los motivos invocados en la comunicación rescisoria”, explicaron en la sentencia.

Por Redacción Surtidores

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