Así lo dictaminó un fallo de
El trabajador alegó que la relación laboral había llegado a su fin por despido injustificado. Sin embargo, los titulares del establecimiento, sustentaron su postura en que el operario ya había recibido apercibimientos y sanciones por razones similares, acompañando su descargo con documentos que revelaban tal aspecto.
Así las cosas, la causa Nº 13.029/09, Carucci Marcos Ariel c/ Estación de servicio Lascano 2.000 SA s/ despido, tramitada en el juzgado 65 sala I, detalla que el empleado se ausentó tres días de su lugar de trabajo sin avisar, actitudes que según la consideración de los expendedores, tenían la gravedad suficiente como para concluir el vínculo laboral que los unía.
Para justificar el dictamen, los jueces expresaron que los antecedentes desfavorables de un operario pueden servir de apoyo a un despido si existe un último hecho injurioso que pueda ser utilizado como causa inmediata y directa de la decisión. Recién en ese supuesto los antecedentes se agregan al hecho último para determinar la `injuriosidad´ de la causal y la justicia del despido.
Los Drs. Julio Vilela Gabriela Alejandra Vázquez, concluyeron que ya que los fundamentos no pueden ser considerados una falta susceptible de ser sancionada, ya sea, por escasez de gravedad, falta de intimación previa y orfandad probatoria respecto de las ausencias, los antecedentes no pueden ser tomados para justificar la conclusión del vínculo, confirmando la sentencia de grado e imponiendo las costas correspondientes a los propietarios de la boca de expendio.
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