Mediante la publicación en el Boletín Oficial de
El Ente Nacional Regulador del Gas prorrogó hasta el 30 de abril de 2011 inclusive la resolución 3569/06 que obliga a las compañías distribuidoras de gas por redes a garantizar el abastecimiento mínimo diario de cinco mil m3 diarios de Gas Natural Comprimido a todas las estaciones expendedoras con “servicio interrumpible“.
Mediante la resolución 1174/2010, publicada ayer en el Boletín Oficial, el Enargas procura un normal abastecimiento de GNC en el mercado interno, incluyendo el próximo período invernal, en el que la demanda de gas natural se incrementa por razones estacionales.
En los considerandos de la resolución se refiere que la decisión “se basa en las actuales condiciones del mercado, teniendo en cuenta los marcos contractuales que vinculan a las estaciones de carga de GNC con las transportistas, con base de suministro firme y/o interrumpible“.
El ente regulador considera que se puede garantizar este nivel de abasto “merced a las expansiones de la red de transporte de gas que se están realizando“.
La normativa reconoce que las restricciones aplicadas oportunamente sobre el sistema de GNC no habían sido útiles a los fines del ahorro del sistema de transporte perseguidos ya que de los estudios realizados se observó que los usuarios no abastecidos por una estación de carga de GNC acudirían eventualmente a otra a los fines de obtener el mismo combustible provocándoles graves trastornos y perjuicios cercenado su derecho a ser abastecidos adecuadamente.
Con todo, se consigna que “tales abastecimientos deberían proveerse una vez garantizados los suministros a usuarios residenciales y pequeños comercios“, lo que implica la consideración de que existan interrupciones de suministro a los clientes con contrato interrumpible, a diferencia con lo que ocurre con quienes posean contrato de abasto “en firme“.
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