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La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dispuso a través de la Disposición 14/2018, publicada en el Boletín Oficial, el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, correspondiente al CCT 488/07 de FEC
Mediante la Disposición 14/2018, publicada el pasado día viernes en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable referido al Convenio Colectivo 488/07.
De acuerdo a la citada norma legal, el monto se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
En ese sentido, la publicación refiere al acuerdo salarial suscripto entre la Federación y Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (FOESGRA – SOESGyPE) y la Federación de Entidades de Combustibles (FEC), el cual se reproduce a continuación:

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