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El Diputado nacional de la UCR de Tucumán, José Cano envió a la redacción de surtidores.com.ar, un trabajo basado en las leyes constitucionales aplicadas, contra el proyecto que en la Provincia buscaba obligar a los playeros y finalmente fue derogado.
Si bien finalmente fue eliminado el artículo ocho, que impedía la venta de combustibles en las Estaciones de Servicio cuando el cliente no lleve casco o la moto no tenga patente, en diálogo con este medio, el autor de un estudio legal pormenorizado en contra de la intención del diputado provincial Gerónimo Vargas Agnasse, que autorizaba a la policía a delegar en los trabajadores la responsabilidad de controlar a los motociclistas, detalló las causas por las que la iniciativa reviste a su entender “una grave inconstitucionalidad”.
Cano aseveró que el Proyecto hubiera terminado afectando a aquellos ciudadanos que utilizan sus motovehículos como herramienta de trabajo y no combatirá el delito cometido mediante la utilización de motovehículos con el agravante que en la mayoría de los casos se realiza mediante el uso de armas de fuego.
Alertó que “en nombre de la Emergencia en Seguridad Pública el Ministerio de Seguridad de la Provincia establece AUTORIZAR a la Policía a realizar controles automotores, cuando es función y obligación del funcionario policial dentro de la prevención del delito el control automotor”.
Recalcó que el mismo suele realizarse con personal de Tránsito de la Provincia y cada Municipio que posea para las correspondientes multas y/o secuestros en caso de proceder.
Recordó que así también mediante el Consejo de Complementación ya existe convenio de cooperación entre la Provincia y el Ministerio de Seguridad de la Nación para, entre otras actividades, se realicen controles automotores con fines de “prevención del delito”.
Aclaró que mientras Tucumán continúa en emergencia en seguridad pública, la Ley Nacional de tránsito y la Constitución Nacional como la Provincial no prohíben la circulación de las personas sino todo lo contrario.
“Esta Ley pretende imponer que durante la noche no puedan circular dos personas en motovehiculo, cuando es sabido que la gran mayoría de los robos con esta modalidad se dan en horarios diurnos, sometiendo además a los vecinos responsables a realizar tediosos trámites para pedir permisos de circulación cuando ya sabemos que en la provincia no se puede realizar una denuncia penal porque aluden falta de personal, recursos, etc”, comentó el diputado de la nación.
Aseguró que “las Estaciones de servicio o sus empleados no pueden cumplir el rol del estado o hacer el trabajo por el que debe bregar el estado, ya que claramente no son funcionarios públicos y por ende no pueden encargarse de hacer cumplir la Ley, ni se puede poner en riesgo su vida”.
Manifestó que las retenciones y secuestros de motovehículos procede cuando lo establece la Ley Nacional de tránsito (Ley 24.449), ante lo cual la Ley Provincial no pueden ir contra una ley nacional y afirmó que la Provincia adhirió a la Ley nacional de Tránsito, la cual ya crea un Consejo Federal de Seguridad Vial.
Cano resaltó que este tipo de normas fueron implementadas en otras provincias como la de Buenos Aires y la CABA donde “aún no se sabe si los resultados fueron positivos”.
Finalmente, recomendó la creación de una Policía Motorizada “Antimotochorro” que actué a modo de “prevención” es decir, sin el uso de uniformes. “Brigadas motorizadas que activen protocolos ya establecidos ante la detección de posibles delincuentes de esta modalidad con la tecnología aplicada en Inglaterra y que dio excelentes resultados a la Scotland Yard”subrayó
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