Activar/Desactivar Leer Página
De la misma manera, no se esperan incrementos en el surtidor que tengan relación con las nuevas tarifas porque el sector expendedor quedará por fuera de la nueva disposición.
Mediante dos Resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno confirmó un nuevo aumento en las tarifas de energía eléctrica que prestan las distribuidoras Edenor y Edesur, que en esta oportunidad será cercano al 3 por ciento.
Este incremento se suma al del 9 por ciento que se dispuso en mayo pasado y causó en principio dudas entre los propietarios de Estaciones de Servicio, especialmente de venta de GNC, los cuales dependen en gran medida del servicio eléctrico a causa de la demanda que generan los compresores.
Sin embargo, consultado por surtidores.com.ar, el vicepresidente de la Cámara de expendedores de GNC, Pedro González, transmitió tranquilidad a los colegas, ya que de acuerdo al texto de la disposición del organismo estatal, las resoluciones 262 y 263/2021, firmada por la interventora del ENRE, la abogada María Soledad Manin, definen un aumento para las empresas de más de 300 kw de potencia instalada contratada.
De esta manera, teniendo en cuenta que una Boca de Carga de Gas Natural Comprimido no supera en promedio el límite que prevé la norma nueva, estarán eximidas de los cambios tarifarios.
“Las Estaciones de Servicio contratan alrededor de 150kw como potencia instalada -lo cual no significa que sea la cantidad consumida-. Puede suceder que haya algunos picos de consumo que que incidiría en posibles recargos, pero no es causa de aumento de costos por las disposiciones que recientemente publicara el ENRE”, aclaró el dirigente.
En ese mismo sentido, aseguró que no habrá nuevos aumentos de precios al consumidor, más allá de los dos pesos promedio que se efectuó a principios de agosto, relacionados con el nuevo acuerdo de comercialización de valores atados al importe del litro de nafta súper de YPF.
Finalmente González, insistió en la situación de feroz competencia que sigue sufriendo el sector, en donde ciertos propietarios deciden expender por debajo del costo promedio del mercado, lo cual consideró que en un mediano plazo “perjudicará a todos los que vivimos de esta actividad”.
AUMENTA EL CARGO POR FONDO FIDUCIARIO
A través de la Resolución 487/2021, el Ministerio de Economía estableció que el recargo previsto en el artículo 75 de la ley 25.565 y sus modificatorias será equivalente al 5,44 por ciento sobre el precio de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico (m³) de nueve mil trescientas kilocalorías (9.300 kcal) que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional.
La modificación se aplicará en las facturas que se emitan a partir del 1° de septiembre de 2021.
DEJANOS TU COMENTARIO!