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A pesar de las versiones que trascendieron acerca de que el Gobierno no autorizaría los porcentajes estipulados, solo resta la aprobación de los dos últimos acuerdos.
La Dirección Nacional de Regulaciones y Relaciones del Trabajo, dependiente de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, avanza en la homologación de los convenios colectivos de empleados de Estaciones de Servicio.
Solo resta la aprobación de los dos últimos acuerdos, dejando de esta manera atrás las versiones aseguraban que el Gobierno no autorizaría aumentos superiores al 2 por ciento mensual para evitar su impacto en la inflación.

Los que aún quedan pendientes de conformidad son los de julio y septiembre. Vale recordar que el primero de ellos estipuló un aumento en los haberes de 10 por ciento en dos tramos: un 7 por ciento y un 3 por ciento respectivamente, no remunerativos –se integraron al básico en septiembre– solo a efecto de las cargas patronales al Estado.
El restante, y que fue cerrado días atrás, contempló un 5 por ciento para el primer tramo y un 3 por ciento el segundo, ambos de carácter remunerativo.

Las actualizaciones salariales mencionadas comprenden a los acuerdos celebrados por las Cámaras y Federaciones nucleadas en la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos, aunque algunos de ellos, como el caso de Córdoba y Santa Fe, tienen su propio convenio marco.
La Ley 25.877 de Reordenamiento Laboral, vigente desde 2004, establece que los convenios colectivos entran en vigencia al momento de su homologación. No obstante, la Secretaría de Trabajo cuenta con 30 días para registrarlos, de lo contrario, se considerarán válidos tácitamente. Asimismo, el rechazo a una paritaria debe ser justificado por escrito.
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