Martes, 05 de octubre 2010

La Justicia delimitó las responsabilidades de los empleados que se ocupan de las ventas en estaciones de servicio

Un Tribunal cordobés talló en una querella entablada por una entidad gremial contra un operador y lo condenó a abonar diferencias de haberes e indemnizatorias a un ex empleado que realizaba esas tareas y estaba encuadrado como “operario de playa”   “Quien cobra y responde por la recaudación debe ser considerado como encargado de turno”, sentenció el veredicto

Un Comentario en “La Justicia delimitó las responsabilidades de los empleados que se ocupan de las ventas en estaciones de servicio”

  • Esteban Quito octubre 10th, 2015 2:52 am

    En buena hora un determinacion por una causa justa a favor del operario de playa,,guardia de seguridad,encargado de turno,administrador.. o como mas les guste o les convenga a las empresas llamar y categorizar en estos casos al trabajador playero, todos estos roles y tareas son los que algunas estaciones obligan a desempeñar al trabajador playero, donde tampoco se valora ni se tiene en cuenta la labor y riezgo en horas nocturnas donde si el trabajador es asaltado, al mismo se lo trata de delincuente y encima se le descuenta del sueldo el faltante del dinero q se le sustrajo en el echo. El trabajador playero a veces no se lo valora ni como trabajador ni como persona, y luego de cierta antiguedad se lo sigue encuadrando con la categoria de operario de playa… Es en ese momento donde nos preguntamos: se cumplen y se respetan las leyes, convenios laborales hacia los derechos del trabajador? Solo se encuentra un trabajador con un sueldo basico y bajo, y del otro lado una empresa junto a un sindicato

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