Tal como viene sucediendo desde 2006, las entidades relacionadas con la actividad del Gas Natural Comprimido buscan reeditar la prórroga por otro año de
Las entidades relacionadas con el quehacer del GNC comenzaron las gestiones para que el Ente Nacional Regulador de Gas prorrogue la normativa 3515 de fecha 24 de mayo de 2006 (y las posteriores 3569 y 3736), que ordena a las Licenciatarias del servicio de distribución garantizar a las estaciones de carga de GNC que contaran únicamente con servicios interrumpibles, un abastecimiento mínimo diario de tres mil 3.000 m3/día (luego 5.000), a los efectos de asegurar el normal suministro de GNC a los consumidores.
Según establece
En efecto, de los estudios realizados se observó que los usuarios no abastecidos por una estación de carga de GNC acudirían eventualmente a otra a los fines de obtener el mismo combustible, subsistiendo tales condiciones al presente, señala el Ente.
Tal situación continúa el informe- provoca graves trastornos y perjuicios a los usuarios, quienes siendo el eslabón más débil en la cadena de comercialización ven cercenados su derecho a ser abastecidos adecuadamente.
Enargas considera que las restricciones aplicadas sobre el sistema de GNC no habían sido en todos los casos útiles a los fines del ahorro del sistema de transporte perseguidos, ya que los usuarios no abastecidos por una estación de carga de GNC se dirigen a otra a los fines de obtener el mismo combustible provocando graves trastornos y perjuicios a los usuarios, quienes siendo el eslabón más débil en la cadena de comercialización ven cercenado su derecho a ser abastecidos adecuadamente.
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