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Luego de que surtidores diera a conocer el proyecto de Ley del Diputado Nacional de “Salta Somos Todos” Alfredo Olmedo, por el cual, propone que la Cámara Baja sancione la exención del Impuesto a los Combustibles Líquidos y GNC a los taxis y remises, las voces de dirigentes del sector rápidamente se hicieron oír.
El Asesor Contable de la Federación de Entidades de Combustibles, Contador Fabián Vázquez, expresó que “si bien se entiende la intención del legislador, que es la de abaratar el costo del insumo que mayor incidencia tiene en los taxis y remises -el combustible-, la forma que propone es desaconsejable desde el punto de vista de la técnica tributaria”.
Justificó su opinión al recordar “el grave efecto que tuvo la ley 27.209, que extendió el área de consumo exento de ese impuesto a la totalidad de las provincias de Río Negro, Neuquén y La Pampa, al departamento Malargüe -Mendoza- y al partido de Carmen de Patagones, respecto de las estaciones linderas”.
Alertó el especialista que las exenciones pueden resolver algunos problemas, pero si no se actúa con sumo cuidado “pueden causar males mayores”.
Por ello, detalló en primer lugar, que quien incorpora el ITC al proceso comercial del combustible líquido y/o del GNC es la empresa petrolera o la distribuidora y por esa causa “cuando le vende al expendedor, no tiene forma de saber cuánto de ese combustible será destinado a una operación gravada o a una operación exenta (taxis y remisses)”.
Agregó Vázquez que toda estimación será, entonces, “un acto de fe tanto para el proveedor como para el Fisco Nacional, que es el encargado de fiscalizar que el beneficio sea exclusivamente para quien fue previsto”.
Por otro lado, consideró que si, en cambio, la exención se diera en la etapa de venta al público en la Estación de Servicio, “tampoco es posible que la AFIP pueda controlar si los consumidores fueron taxis, remisses u otros vehículos particulares”.
Además dijo que en ese caso, habría que idear un sistema de devolución del I.C.L. que ha pagado el expendedor, en la exacta proporción de las ventas exentas, lo cual resulta “por lo menos engorroso”.
Por estas causas, el asesor de FEC, advirtió que “evidentemente, la aplicación de una norma como la propuesta, tropieza con múltiples inconvenientes a la hora de ponerla en práctica” y explicó que “el abaratamiento del costo del combustible, si fuera posible que el Estado Nacional renuncie al ingreso que signifique, puede venir por dos vías”.
Comentó que el primer camino podría ser el reintegro de las sumas abonadas por taxistas y remiseros, con un sistema parecido al que se utilizaba para recuperar las percepciones que se realizaban por compra de divisas o por consumos en el exterior.
“Pero esto supondría un aumento en la carga administrativa de las Estaciones de Servicio, ya que debieran presentar una declaración jurada consignando estas operaciones, a efectos de un control cruzado”, aseveró Vázquez.
Una segunda opción, según su análisis “es la utilización del importe del tributo como pago a cuenta de impuestos nacionales. Es decir, lo que paga en la estación de servicio, lo utiliza para pagar el impuesto a las ganancias y los aportes de autónomos o, si realizó la opción, el monotributo”, finalizó.
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