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La avidez por conocer como se desempeñan las petroleras en relación al abastecimiento de combustibles impone medidas más severas contra aquellos estacioneros que no remitan la información de ventas del mes anterior. Multas en pesos o la baja del registro que autoriza el suministro son algunas de las sanciones que aplica
La necesidad por tener a mano cuanto antes los datos del mercado de combustibles desató la imposición de medidas más severas contra aquellos estacioneros que no remitan la información de ventas del mes anterior. Según confirmaron desde
La normativa en cuestión establece en su Artículo Nº 13, que el expendedor deberá remitir los datos siendo el titular de bandera o de la marca independiente solidariamente responsable con el dueño de la estación de servicio en todo lo relativo al envío de información. Su incumplimiento será sancionado a razón de hasta $ 10.000 por cada mes de retraso.
Por ahora solo se castiga a aquellos incumplidores recalcitrantes, señalaron desde el organismo ante la consulta de este medio. Si bien negaron que por la coyuntura se esté planeando endurecer las medidas, admitieron un seguimiento más estricto de los despachos.
Si bien la información es pública, desde
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