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La Resolución 1283/06, elaborada en 2006 por la Secretaría de Energía, establece que a partir del 1º de junio de 2016 la Nafta Súper y el gasoil grado 2 deberán contener un máximo de 150 partes por millón de azufre. Pero a partir de las dudas que presentan las destilerías, suponen que una nueva disposición aclararía el panorama.
A poco menos de un mes de la asunción de autoridades, aún en el Ministerio de Energía y Minería no se designaron muchos de los técnicos, segundas líneas, que trabajaron en diversas subsecretarías durante la etapa anterior. Hasta ahora, siguen en funciones, pero no se sabe con certeza sobre su futuro.
Sin embargo, las tareas programadas siguen en curso, aunque a un menor ritmo, por la incertidumbre propia del caso. En lo que respecta a la Disposición 1283, que plantea reducciones en la proporción de azufre en las distintas variedades de combustibles, en el sector aseguran que “no hay definiciones” sobre su entrada en vigencia, estipulada para el mes de junio de 2016.
Esta normativa, obliga a comercializar naftas grado 2 en todo el territorio nacional con un contenido máximo de azufre, según norma ASTM D 4294, de 30 partes por millón en peso (mg/kg), al igual que el gasoil grado 2. El Gasoilbio o Agro Grado 1, podrá contar con 1.000 ppm.
No obstante, también aclara que estas cantidades serían revisadas en la medida que la Comunidad Económica Europea modifique dicho límite dentro de las normas EURO de especificación de combustibles.
“Las cosas que había que dejar aclaradas no se han conversado con las nuevas autoridades”, sostienen en la industria. Y por eso ahora se estima que habrá una nueva legislación para despejar las dudas. ¿Coexistirán las variedades de diésel grado 2 y 3? En muchos países, por ejemplo, hay en oferta un solo producto. En Argentina, está el Premium y el Común.
Por otra parte, también a partir de junio, los surtidores de todas las bocas de expendio deberán tener en forma perfectamente visible para el consumidor la indicación del contenido máximo de azufre. Lo mismo es extensivo al biodiesel, cuando se lo mezcla en más de un 5 por ciento por litro. El equipo de despacho deberá tener una leyenda que mencione su utilización.
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