Publicada en el Boletín Oficial
La Secretaría de Energía dispuso un programa de control de tareas para que las empresas alcancen los estándares de calidad de combustibles exigidos por la reglamentación vigente en el menor tiempo posible.
La Secretaría de Energía definió un esquema que permitirá realizar un seguimiento detallado del grado de avance del programa de obras e inversiones en las refinerías. Según lo expuesto en la Resolución 492/2023 -publicada hoy en el Boletín Oficial-, se busca adecuar el proceso de refinación de combustibles a los estándares de calidad exigidos por la reglamentación vigente en el menor tiempo posible. Para ello, se establecerá un mecanismo de transición gradual que incentive compromisos futuros por parte de las empresas.
De acuerdo con la medida, los combustibles comercializados en el territorio nacional deben cumplir con distintas especificaciones técnicas. Para ello se establecieron fechas para el cumplimiento de dichas especificaciones (Resolución 576/19), y las empresas refinadoras podrán solicitar un período de transición durante el cual deberán demostrar un avance en las obras e inversiones pertinentes.
La Autoridad de Aplicación evaluará el estado de situación de cada empresa refinadora y fiscalizará el cumplimiento de las obras comprometidas. El período de transición se extenderá hasta la fecha de adecuación autorizada por la Secretaría de Energía para cada refinadora, la cual no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2025.
En caso de incumplimiento total de los compromisos durante el período de transición, se suspenderá el diferimiento otorgado. Si el incumplimiento es parcial, se evaluará el grado de cumplimiento y se determinará el nivel de avance de las obras respecto a los objetivos comprometidos.
Asimismo, las empresas refinadoras deberán presentar información sobre las obras, inversiones y fechas estimadas de adecuación. En caso de detectarse incumplimientos, se aplicarán las sanciones correspondientes de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.022.
En este contexto, la normativa advierte que en caso de falta generalizada de productos dentro de las especificaciones correspondientes, se tomarán medidas para reponer dicho faltante por cuenta y orden de las empresas.
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