Modificaciones en las pensiones no contributivas
Los diputados expresaron su preocupación debido a que los operarios forman parte de programas de inclusión laboral que se ven afectados por las reformas del Gobierno.
En un contexto de reformas laborales, el Congreso Nacional avanza en la elaboración de una nueva ley para proteger a los trabajadores con discapacidad que desempeñan sus tareas en las Estaciones de Servicio.
La medida surge como respuesta a los efectos negativos que las recientes modificaciones en las pensiones no contributivas están causando en este colectivo, especialmente en los que forman parte de programas de inclusión, no solamente en el sector estacionero sino en los demás ámbitos del comercio.
Vale destacar que según explicó a surtidores.com.ar la licenciada Mónica Bianchi, presidenta del Consejo Consultivo de Discapacidad, a partir de la resolución 566, publicada en septiembre de 2023 por el entonces presidente Alberto Fernández, las personas con discapacidad que se encuentren trabajando, ya sea como empleados en relación de dependencia o como monotributistas, pueden solicitar una pensión, siempre que sus ingresos netos no superen las cuatro jubilaciones mínimas.
Reclaman la eximición del impuesto a los combustibles para personas con discapacidad
Sin embargo, el diputado Juan Manuel Pedrini advirtió que el Gobierno de Milei de manera retroactiva modificó las condiciones y procedimientos para que las personas que perciben esta ayuda no puedan estar empleadas, bajo el argumento de que la “incapacidad laboral” impide cualquier tipo de trabajo remunerado.
Este cambio ha generado una situación de incertidumbre y vulnerabilidad para muchos empleados del sector de las Estaciones de Servicio. En palabras de Pedrini, aquellos que se desempeñaban pocas horas y cuyo sueldo no supera las cuatro jubilaciones mínimas, utilizaban la pensión, lo cual les permitía equilibrar sus ingresos y viajar a sus lugares de trabajo entre otros costos fijos.
Sin embargo, explicó que con la reforma, muchos de ellos se han quedado sin su ingreso, ya que se les obliga a elegir entre el empleo o el beneficio.
El proyecto de ley que el legislador del Chaco está preparando busca reformular las condiciones de las pensiones, asegurando que no se vea condicionada por el empleo, sino que se respete la capacidad de cada persona para trabajar, sin que pierda sus derechos.
La discusión se está dando en un momento clave, ya que en el presupuesto del año 2025 no se prevén recursos para las pensiones no contributivas, lo que podría agravar aún más la situación.
“Esta propuesta debe ser debatida en el Congreso, con la esperanza de que el sistema de proteja a un sector de la población especialmente vulnerable, como es el caso de los trabajadores con discapacidad en las Estaciones de Servicio”, concluyó Pedrini.
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Y LA LEY INSALUBRES?
LAS NAFTAS ANTES TENÍAN PLOMO Y HOY TIENE “BENCENO” QUE ES MAS CANCERÍGENO..LA PLANTA YPF SUS OPERARIOS TIENEN LA LEY DE INSALUBRIDAD Y ESO QUE ELLOS NO ESTAN TODOS LOS DÍAS OCHO HORAS CARGANDO NAFTAS A LOS AUTOMÓVILES, SE NOS METE EN LOS PULMONES Y EN LA SANGRE POR EL CONTACTO DE ESE BENCENO CANCERÍGENO..☠️☠️☠️☠️💀☠️☠️💀☠️
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!! SE REPITE LA HISTORIA DEL MENEMATO Y DROMI, POR OMISIÓN Y VISTA GORDA SE PREVENDEN Y DESTRUYEN TODOS LOS EMPLEOS ESTATALES Y PRIVADOS DESHUASE Y DESREGULACION DE LAS EMPRESAS ESTRATEGICAS PATRIAS ESTATALES Y LAS EMPRESAS PRIVADAS DE LOS EMPRESARIOS NACIONALES ,SE DESTRUYEN Y SE CIERRAN INDUSTRIAS ,FABRICAS Y EMPRESAS DE LAS OBRAS PUBLICAS ..
VA A VER UNA POLIARQUIA SINDICAL ENCLENQUE Y SIN FUERZA DE ACCION ,SE TERMINA CON LA COLUMNA VERTEBRAL DEL PERONISMO Y DEL MOVIMIENTO OBRERO ORGANIZADO …
SE LES VA A SACAR LAS OBRAS SOCIALES SINDICALES Y GREMIALES ,SE LES VAN A SACAR EL 2% DEL USO CONVENCIONAL OBLIGATORIO, SE VAN A DAR PERSONERIA GREMIAL A CUALQUIERA ,SE TERMINARA LA PERSONERIA GREMIAL POR SECTOR Y POR ACTIVIDAD PROFESIONAL …
NO HABRA RECAUDACION SINDICAL Y GREMIAL POR LO CUAL ,NO HABRA PODER DE FUEGO Y DE CONTRAPESO PARA NEGOCIAR LAS PARITARIAS Y PONER UN CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJA DIGNO ..VAN A TERMINAR CON TODAS LAS LUCHAS Y CONQUISTAS DE LOS TRABAJADORES, SI ESTUVIERA VIVO ” SAUL UBALDINI” SE RETORCERIA POR TANTA CIPAYES PREVENTISTAS !!!!
EL QUE AVISA NO TRAICIONA
!!!!ABRIR EL ENLACE DE ABAJO CONCIUDADANOS !!!
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Hola Martin charlalo con los Compañeros , si se lograra juntar 10 millones de firmas un 35 % del padron electoral para hacer un Plebiscitos e referéndums se podria crear el
” Tribunal multisectorial del pueblo ”
Con hombres y mujeres Emeritos que sean honrados patriotas e intachables en su hoja de vida…
Con este Organo institucional ,de ser imparcial y extrapoder con profesionales Juridicos, filosoficos y humanos que tengan amplias facultades para Juzgar a los funcionarios publicos de los 3 poderes del Estado ( PE, PL y PJ)
Pero ese juzgamiento se basara “solo en la Conducta y Honra de esos funcionarios publicos” , es decir si actuo administrativamente conforme a la Constitucion Nacional ,en la cual Juraron defender y hacer cumplir cuando adquirieron sus envestiduras publicas y su poder de imperium publico.
En el caso de que se hayan pre vendido para entregar las riquezas y la soberanias a los privados , al poder financiero y a las potencias extranjeras Colonialistas y que actuen en su funcion especifica publica en forma manifiesta y latente en contra de nuestra Constitucion Nacional y en contra de los intereses del pueblo y de nuestra Nacion Patria Argentina ..
Una vez Juzgado en su mal accionar por prevaricato ,por cohecho o por ser Infames Traidores a la Patria
Este Tribunal del pueblo soberano , les sacara sus envestiduras y poder publico de imperium sus fueros por haber actuado en contra de su juramento de respetar la Constitucion Nacional y de Defender al pueblo y Patria de todos los Argentinos …
Solo es para eso
( este tribunal no puede gobernar ni administrar leyes ,ni juzgar ,por que para eso estan los 3 poderes del estado )
La fundamentacion es que el Sistema Republicano actual de la division de poderes y de su auto control reciproco no funciona hay una Anomia Institucional , ya que hoy estan corrompido los tres poderes del Gobierno de 1000lei y del “LLA” ,esta vendido a el poder financiero y a las potencias colonialistas extranjeras
La constitucion Nacional dice expresamente que ” EL PUEBLO NO GOBIERNA ,NI DELIBERA , SI NO SOLO ATRAVEZ DE SUS REPRESENTANTES”
PERO SI ESTOS ESTAN ¡¡¡CORROMPIDOS!!! Y NO FUNCIONAN PER SE , EL PUEBLO ES EL UNICO SOBERANO Y ASI PUEDE CREAR A ESE TRIBUNAL A TRAVES DE LA CONSTITUCION QUE DICE EMPRESAMENTE QUE ATRAVEZ DE
” El referéndum en la política
La iniciativa ciudadana de referéndum (ICR) permite a la ciudadanía someter a votación popular un proyecto de ley, la validación o veto de una ley sancionada por el Congreso (o un decreto del
Ejecutivo), o un proyecto de reforma constitucional. En un escenario de creciente desencanto ciudadano con la capacidad transformadora de la política y con los políticos,
ARTICULO 2º — La ley de convocatoria a consulta popular vinculante deberá tratarse en una sesión especial y ser aprobada con el voto de la mayoría absoluta de miembros presentes en cada una de las Cámaras.
ARTICULO 3º — En todo proyecto sometido a consulta popular vinculante, el voto de la ciudadanía será obligatorio.
ARTICULO 4º — Toda consulta popular vinculante será válida y eficaz cuando haya emitido su voto no menos del 35% de los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.
ARTICULO 5º — Cuando un proyecto de ley sometido a consulta popular vinculante obtenga la mayoría de votos válidos afirmativos,
!!!!se convertirá automáticamente en ley!!! ,
la que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina dentro de los diez días hábiles posteriores a la proclamación del resultado del comicio por la autoridad electoral.
Cuando un proyecto de ley sometido a consulta popular vinculante obtenga un resultado negativo, no podrá ser reiterado sino después de haber transcurrido un lapso de dos años desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la consulta durante el mismo lapso.
PD: ES FACTIBLE POR QUE ES EN SU GENESIS NETAMENTE
“CONSTITUCIONAL” PER SE ..
YO LO HABLE EN LA ESTACION DE SERVICIOS CON DOS JUECES ( UNO DE CAMARA Y OTRO JUBILADO )
NINGUNO DE ELLOS ME DIJERON QUE ERA ” INCONSTITUCIONAL”
SE REIAN , NO ME DIERON UNA OPINION NEGATIVA,NI POSITIVA ..ES DECIR ME DIERON LAS PAUTAS DE QUE SI SE PUEDE HACER ESE TRIBUNAL DE EMERITOS DEL PUEBLO..
SI JUNTAMOS 10 MILLONES DE FIRMAS SE PODRIA APLICAR CONSTITUCIONALMENTE A ESTE TRIBUNAL ” EXTRA PODER CIVIL DEL PUEBLO ”
UNA VES QUE SE LOGRA JUNTAR ESAS FIRMAS DE 10 MILLONES O MAS , CUANDO VENGA OTRO GOBIERNO DEL PUEBLO Y PATRIOTA SE DEBERA CONVOCAR A UNA ” CONSTITUYENTE ”
EN MAYORIA PARA
!!!REFORMAR LA CONSTITUCION NACIONAL DE 1994 !!!
Y PONER AHI DE FORMA EXPRESA TIPIFICADA EN EL ARTICULADO DE NUESTRA CARTA MAGNA ARGENTINA , A ESE
!!!TRIBUNAL DEL PUEBLO!!!
QUE CONTROLARA TODAS LAS ACTUACIONES CONSTITUCIONALES DE “TODOS LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y EN SUS TRES PODERES DE GOBIERNO ,EN FORMA DEMOCRATICA Y REPUBLICANA SIGUIENDO AL
” PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD” Y AL ESTADO DE DERECHO PROTEGIENDO ASI ” LA SEGURIDAD JURIDICA ” ” EL ESTADO DE DERECHO ” Y ” EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD REPUBLICANA ”
HAY QUE CHARLARLO CON LO QUE SABEN Y CON LOS QUE TIENEN PODER POLITICO EN LA MESA CHICA..
CUANDO SE LE SAQUE LAS ENVESTIDIRAS DE IMPERIUM PUBLICO AL O A LOS FUNCIONARIOS QUE ACTUÓ INCONSTITUCIONALMENTE O QUE COMETIÓ EL DELITO DE PREVARICATO O DE COHECHO ,DÁDIVAS ETC ETC
SE LO PONE CON UNA ACCION LEGITIMADA DEL PUEBLO ,A QUE LO JUZGUEN LA JUSTICIA ,O SEA EL PODER JUDICIAL , LLEGANDO ASI HASTA LA ULTIMA RATIO DE LA CSJN ..EN EL CASO QUE LOS SUPREMOS NO LO JUZGUEN CON SENTENCIAS PRETORIANAS AXIOLIGICAS Y BIEN FUNDADAS EN NUESTRO DERECHO POSITIVO INTERNO , TAMBIEN ESTE TRIBUNAL CIVIL DEL PUEBLO DE CONCIUDADANOS EMÉRITOS , PODRÁ SI ASI CORRESPONDIERE , SACARLES LAS INVESTIDURAS DE PODER DE IMPERIUM PUBLICO TAMBIÉN A LOS SUPREMOS , QUE NO LO JUZGUEN CON SENTENCIAS FUNDAMENTADAS O POR HABER COMETIDO PREVARICATO , UNA VEZ QUE SE LES HAYA SACADO EL PODER DE IMPERIUM PUBLICO Y SU INVESTIDURA AL MAL JUEZ ,POR MAS QUE SEA UN JUEZ SUPREMO DE LA CSJN ,YA QUE SI NO ACTUÓ CONSTITUCIONALMENTE IMPARTIENDO JUSTICIA VERDADERA ,ES POSIBLE DE APLICARLE EL DELITO DE PREVARICATO , Y COMO LA CSJN ES EL MAS ALTO TRIBUNAL PATRIO DE LA ARGENTINA EN EL CUAL TIENE LA ULTIMA RATIO DE DECIR QUE ES LO CONSTITUCIONAL ,O LO INCONSTITUCIONAL , SE LO LLEVARA A UN TRIBUNAL INTERNACIONAL PARA QUE JUZGUE A ESE SUPREMO ,SI ACTUÓ O NO EN FORMA DE IURE Y DE ACUERDO A NUESTRA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA ,MIRANDO EN FORMA AMPLIA Y DINAMICA TODO NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO POSITIVO ,Y SI CUMPLIÓ CON EL IUS COGENS DE LOS DERECHOS INTERNACIONALES AL HABER IMPARTIDO O NO LA JUSTICIA VERDADERA..
SOLO ASI SE PODRA SUBSANAR LA ANOMALIA INSTITUCIONAL DENTRO DE LOS TRES PODERES DEL ESTADO Y SOLO ASI SE CUMPLIRÁ CON EL SISTEMA REPUBLICANO Y DEMOCRATICO DE ACUERDO AL ” PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD ” CUMPLIENDO VERDADERAMENTE CON
” EL ESTADO DE DERECHO , Y LA SEGURIDAD JURIDICA ”
QUE SEA JUSTICIA
ABRIR EL ENLACE Y COMPARTIR,RE no COMPARTIR …🇦🇷✌️🇦🇷💪🇦🇷🐧🇦🇷💪🇦🇷🎓🇦🇷✍️🇦🇷⚖️🇦🇷🎓🇦🇷✍️
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Para cuándo la ley para los playeros para jubilarse a los 55años como trabajo insalubre para todos los compañeros playeros hagamos fuerza para que saquen esa ley