Publicado en el Boletín Oficial
A través del Decreto 229/2021, el Gobierno estableció la modificación de una parte del incremento del gravamen sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 21 de abril de 2021.
Mediante la publicación en la edición de hoy del Boletín Oficial del Decreto 229/2021, el gobierno dispuso la modificación de una parte del incremento del impuesto sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
De acuerdo a la medida, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Economía, Martín Guzmán, los cambios surtirán efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 21 de abril de 2021.
“En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable graduar el impacto de la actualización de los montos de impuesto”, señala la normativa.
aviso_242574Un Proyecto de Ley propone que el colectivo de personas incluidas en esta condición se eximida del pago del gravamen. La iniciativa no establece como implementar el beneficio.
Tras la prórroga dispuesta por el gobierno, se actualizaron los montos correspondientes al Impuesto a los Combustibles (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDL). Por el momento las modificaciones no impactaron en el surtidor.
El vecino país tomaría esa medida para que no siga aumentando la nafta y, particularmente, el gasoil, dado que el precio internacional del petróleo ha subido fuertemente durante las últimas semanas. Especialistas consideran que Argentina no está en condiciones de adoptar una política similar. En marzo podría llegar una nueva suba.