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Como chiste, un empleado de limpieza encerró en el baño de una estación de servicio a un hombre. Lo dejó salir unos minutos después, pero el cliente lo denunció "Si querés salir, terminá de limpiar el baño", le dijo.
Un empleado de limpieza de una estación de servicio quedó acusado del delito de “privación ilegal de la libertad” por haberle realizado una broma de mal gusto a un transeúnte que le pidió pasar al baño y al que dejó encerrado por algunos minutos.
El insólito episodio –y su derivación judicial- ocurrió cuando “Pedro Horacio Lara se hallaba abocado a la limpieza del baño de la estación de servicios donde trabaja y Erick Jamil Zurita Luizaga le pidió permiso para que lo dejara entrar” al baño.
“Así, cuando la víctima quiso salir, notó que la puerta estaba cerrada con llave, oportunidad en la que escuchó al encausado decir ‘si querés salir, terminá de limpiar el baño’, burlándose, para abrirle a los pocos minutos”, relata el fallo.
La Sala Quinta de la Cámara del Crimen entendió que “se discute si lo narrado encuadra en la figura básica prevista en el artículo 141 o en la agravada del artículo 142 bis del Código Penal”.
El artículo 141 determina que “será reprimido con prisión o reclusión de seis meses a tres años; el que ilegalmente privare a otro de su libertad personal”, en tanto que el 142 bis dispone que “se impondrá prisión o reclusión de cinco a 15 años, al que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona con el fin de obligar a la víctima o a un tercero, a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad”.
Los camaristas Mirta López González, Ricardo Pinto y Mauro Divito consideraron que “no se advierte, de momento, de los dichos del denunciante, que el encerramiento que se le endilga a Lara haya sido llevado a cabo con violencia o amenazas, ni con la finalidad coactiva que exige la figura agravada”.
“La acción aparecería como consecuencia de un enojo y a modo de burla hacia el damnificado, más aún, al haberlo dejado salir en un breve lapso”, añadieron. La causa quedó bajo investigación de la jueza en lo Correccional Ana Díaz Cano.
Es una situación avergonzante, imperdonable, ese individuo NO TIENE PERDON!
A buenoooo , estamos en argentina señores…. tierra donde los secueatradores estan libres y sin penas , la trata de personas esta a la vista de todos y no pasa nada , pero por una pavada como esta podes ir preso Q orgulloso me siento de ser argentino q verguenza
Me pregunto como para estas boludeces la justicia es raaapida y para otras cosas mucho mas importantes es leeeeeenta ?? o sera que están mas pendientes de este tipo de casos.-
Discúlpenme Juancito y Julio pero, si a Uds. le parece BIEN que un Operario de una EESS haga un atropello de esa magnitud (dejar encerrado a un peatón / cliente) y las cosas queden así SIN NINGÚN TIPO DE SANCIÓN, me parece que sus sentidos de la seguridad y convivencia NO RESPONDEN A LOS DE UNA SOCIEDAD RESPETUOSA DE CADA UNO DE SUS INTEGRANTES.
Si hubiese sido mi empleado, hoy YA NO LO SERÍA.
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