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A través de un Edicto, la Comisión Normalizadora de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina convocó a los asociados a que se reempadronen con el propósito de que integren el Padrón que permitirá participar del acto eleccionario que se convocará a la brevedad.
La Comisión Normalizadora de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), convoca a todos los Socios Activos e Institucionales, existentes con anterioridad al 15/03/2016, a que se reempadronen con el propósito de que integren el Padrón Electoral que permitirá participar del acto eleccionario que se convocará a la brevedad.
A dichos efectos, la persona humana o jurídica que se considere socio Activo o Institucional de FECRA deberá presentar en Teniente General Perón 1685, PB, CABA, de Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 horas, en el período que va desde las 08:00 horas del 5 de Octubre de 2017 hasta las 16:00 horas del día 25 de Octubre de 2017 sin excepción, la documentación original que acredite en forma fehaciente y sumaria la calidad de Socio Activo o Institucional en los términos del Estatuto de FECRA y sus modificatorias. En relación con los comprobantes de pago de las cuotas sociales se aclara que se admitirán los pagos realizados con anterioridad al 15/03/2016 por medios bancarios y/o pagos efectuados por tesorería en la sede social y/o cualquier otro medio que ela comisión normalizadora evaluará oportunamente.
Aquellas personas que vivan a más de 150 km de la sede de FECRA, podrán remitir vía e mail, la documentación escaneada, a la casilla de correo “fecranormalizadora@gmail.com” estableciéndose un plazo de 10 (diez) días contados a partir de la fecha de remisión digital, para que acompañen la documentación original en la sede de FECRA, en el horario y días detallados precedentemente. La falta de presentación de la documentación original implicará el rechazo de la pretensión de reempadronamiento.
Aquellos Socios que sean personas humanas de conformidad con el Código Civil y Comercial (por ejemplo: Autónomos, Monotributistas, IVA Inscriptos, u otros) deberán presentarse en forma personal munidos de su Documento Nacional de Identidad (DNI). En caso de que sean personas jurídicas de conformidad con el Código Civil y Comercial (por ejemplo: sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, u otros), deberán hacerlo mediante la presentación de poder original ó copia certificada, otorgados ante escribano público y legalizados por el Colegio de Escribanos en caso de que hayan sido otorgados en extraña jurisdicción respecto de CABA. También, se admitirá la presentación de copia simple del poder ó del acta de designación de autoridades siempre y cuando se muestren en la presentación, el original del poder ó de los libros societarios de donde se pueda corroborar en forma indubitada la autenticidad, validez y vigencia del instrumento presentado. En todos los casos, el mandatario ó autoridad societaria deberá presentarse en forma personal y estar munido de su DNI, no admitiéndose cualquier otro tipo de representación.
La Comisión Normalizadora tendrá un plazo de 3 (tres) días contados a partir de la finalización del período de reempadronamiento para expedirse acerca de la admisión o rechazo de la calidad de socio y su reempadronamiento.
Atento la imperiosa necesidad de convocar al acto eleccionario que terminará por normalizar a FECRA, se aclara que cualquier acción administrativa o judicial que pudiera interponer cada uno de los presentantes no admitidos como socio reempadronado, de ninguna manera suspenderá el acto eleccionario.
En caso de ser reempadronado, el socio deberá ponerse al día con la Tesorería abonado la deuda que le informe la Comisión Normalizadora al momento de expedirse, a cuyo fin deberá depositar antes del acto eleccionario en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires (Suc. Congreso) Cuenta Corriente Nro.7318/9, el importe de las cuotas pendientes de pago.
El presente mecanismo de reempadronamiento será publicado por en medios gráficos y digitales de amplia difusión, siendo su aplicación en forma obligatoria y definitiva para todos los Socios de FECRA. CABA 28/09/2017.
COMISIÓN NORMALIZADORA DE FECRA
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