Cierre de turno
La Justicia falló a favor de un trabajador en un caso que reclamó indemnización en un caso de despido indirecto. Adujo entre otras causas registración insuficiente por no incluir lo percibido en concepto de propinas y la falta de pago de horas extras por el tiempo que le demandaban las tareas administrativas
La Cámara de Apelaciones de Trabajo Sala VI consideró los recursos reclamados por un empleado que se consideró en situación de despido indirecto. El operario exigió en sus conceptos indemnizatorios la registración insuficiente por no incluir lo percibido en concepto de propinas y falta de pago de horas extras por el tiempo que le demandaban las tareas administrativas entre otras cuestiones.
Los magistrados intervinientes consideraron los distintos elementos probatorios aportados a la causa para demostrar las injurias invocadas por el actor en su comunicación rescisoria. En este orden de ideas, del análisis de la prueba producida en autos, encontraron acreditado que el actor había laborado horas en exceso de la jornada legal.
Basaron su fallo en los dichos de testigos. Uno de ellos afirmó que “una vez que se entregaba el turno al turno siguientes, venía el momento de hacer las cuentas de la rendición final, del dinero y las tarjetas, lo cual podía llegar a llevar una hora más si todo estaba bien y no faltaba plata, si no más…”.
Otro, manifestó que “por el tema de la rendición de caja tardaban alrededor de una hora o 45 minutos, esto cuando las cuentas daban, y el ingreso y egreso era controlado por una planilla de horario, aclara que tenían que salir a las 14:00 horas pero como tenían que hacer esa rendición de caja salían como a las 15:00 horas…”
“Estos testimonios, si bien provienen de compañeros de trabajo que tienen juicio pendiente contra la demandada, presentan una eficacia probatoria que no se encuentra conmovida por tal circunstancia, puesto que los mismos resultan claros y concretos al respecto y coincidentes entre sí, sin que por lo demás el solo hecho de tener pleito pendiente resulte un obstáculo para otorgarles plena eficacia probatoria, de conformidad con las reglas de la sana crítica”, señalaron los jueces.
“Consideramos que debe revocarse el fallo apelado y en consecuencia hacer lugar a las correspondientes indemnizaciones derivadas de la extinción del vínculo, como así también a las diferencias pretendidas por horas extras laboradas y no abonadas”, sentenciaron finalmente.
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Por fin una para el trabajador
el cierre de caja en casi todas las estaciones lleva de 45 a 60 minutos si todo va bien y hay q tomar el turno 30 minutos antes es asi en todos lados , aplausos para este fallo
Lastima que la calidad de trabajo no acompaña todas las conquistas laborales que van teniendo, porque cada ves es mas mediocre y utilizan el sobreproteccionismo laboral para vivir de la industria del juicio.
Atte Diego
Otro punto de ver las cosas