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La Justicia ratificó el amparo presentado por la CGT por lo cual, la normativa que regula el mundo del trabajo sigue aplicándose de manera tradicional.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la invalidez constitucional de la reforma laboral propuesta por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica. La decisión reafirmó de esta manera el reclamo judicial presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y si bien el fondo de la discusión deberá ser dirimido por la Corte Suprema de Justicia, los legistas del sector confirman que la actual Ley 20744/1974, sigue aplicándose en su totalidad.
Entre los considerandos que expusieron los magistrados, sostuvieron que “no se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”.

En ese sentido, el abogado y asesor de Estaciones de Servicio, Francisco Turzi advirtió a los estacioneros que no caigan en la confusión de tomar decisiones tanto para contratar empleados como también al momento de definir una desvinculación laboral.
Reiteró lo que había planteado, cuando se había dado a conocer el DNU por parte del presidente de la Nación Javier Milei y expresó que en este caso, los jueces de primera instancia habían reconocido la legitimación pero en forma limitada, sin definir las cuestiones detalladas en los artículos del Decreto que atañe a derechos colectivos.
Al respecto, informó que en este nuevo paso, la Cámara en segunda instancia extiende la legitimación de la CGT a toda su petición indicando que la totalidad del articulado del DNU que versa sobre derechos de incidencia colectiva modificando el criterio de distinción entre aspectos de derechos individuales, donde no se le había dado legitimación a la central obrera en el primer fallo, respecto de los artículos. 73, 79, 86, 88 y 87.

Turzi aseveró que como el Gobierno Nacional seguramente apelará al Máximo Tribunal de Justicia, pasará un tiempo prudencial para que los empresarios y los trabajadores tengan una certeza de cómo será la base legal de las relaciones laborales en el futuro.
Asimismo y en este contexto, el apoderado del SOESGyPE, Enrique Rodríguez, consideró que por lo menos hasta que se expida la Corte Suprema, “nadie podrá evadir sus responsabilidades al momento de cumplir con las normas de los derechos adquiridos de los trabajadores”.
Este engendro fascista disfrazado de libertario , lacayo del poder economico, no va a poder borrar de un decretazo 100 años de luchas populares y derechos laborales adquiridos.
Una vez más la Camara Nacional De Apelaciones ratifica el derecho genuino de los trabajadores, de los mentirosos que con artimañas quieren hacer creer a la ciudadania, que la falta de empleo es por culpa de aquellos que con su esfuerzo ayudan a generar la riqueza a los empresarios grandes , medianos y chicos . Espero que la corte suprema este a la altura de las circunstancias que afrontamos los trabajadores.
Lo único que quiero es que me dejen de robar la plata todos los meses que el aporte sea voluntario y si nos dan beneficios!!Que se pongan a trabajar para el afiliado y lo represente n como debe ser!!
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