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A pesar de que el expendio de combustibles es considerado por gobierno, como una actividad esencial, comenzaron a notarse casos en diferentes provincias donde las autoridades civiles y policiales prohibían a los estacioneros despachar entre las 18 horas y las 6 de la mañana.
Desde la Cámara de Expendedores de la Rioja, informaron a surtidores.com.ar que funcionarios del Comité de Emergencia de Salud, acuden a los establecimientos para exigirles que cierren la atención al público después de las 6 de la tarde. Lo mismo sucedió en otras regiones del país.
Este fenómeno comenzó a darse asiduamente desde la implementación del decreto presidencial que profundizaba el aislamiento obligatorio por 9 días hasta el 31 de mayo, pero que dejaba explícitamente dicho que la venta de combustibles es una actividad esencial como ocurriera desde el principio de la pandemia de COVID 19.
“Evidentemente la confusión y la falta de información también les cabe a los funcionarios públicos, que deben aplicar las normas en momentos tan difíciles como estos y no somos nosotros quienes debemos aclararles qué dice el Estado respecto a nuestra actividad”, dijo a surtidores.com.ar el presidente de la Cámara Juan Manuel Brígido.
Lamentó el hecho, pero destacó que finalmente, los enviados del COE terminan entendiendo de qué se trata la ley y aceptan que las Estaciones de Servicio deben permanecer abiertas las 24 horas del día.
Situaciones similares se repitieron también en Lomas de Zamora provincia de Buenos Aires donde en dos ocasiones durante un mismo día, un agente municipal primero y un oficial de policía después, advirtieron a las propietarias de la operadora de combustibles que si no cerraban sus puertas serían plausibles de una multa de un monto muy elevado.
Esto derivó en el reclamo directo de la empresa hacia el director Municipal de Salubridad, el cual finalmente reconoció que los empleados estatales estaban equivocados y no deberían haber actuado de dicha forma, quien les explicó que “por ser una actividad esencial debe mantener abierto el local y se le debe cargar combustible a cualquier ciudadano que muestre previamente el permiso de la aplicación CUIDAR”.
En Paraná hubo más situaciones del mismo tenor, en donde según los afectados “tanto la municipalidad ni la policía dejaron nada por escrito y cuando se les solicitó nos ofrecieron sacarnos una foto como constancia“, comentaron.
Vale destacar que según establece la medida gubernamental, “deberán establecer guardias mínimas las actividades de distribución de combustibles líquidos, petróleo y gas y las Estaciones de Servicio”.
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