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En virtud de la reforma tributaria Ley 27.430, se estableció un mecanismo de impuesto de suma fija por litro comercializado, el cual es actualizado por la inflación (IPC). Desde marzo rigen los nuevos valores
La Resolución General de AFIP Nº 4257 reglamentó los alcances de las modificaciones mencionadas. Al respecto, la Cámara de Expendedores de Rosario, (CESGAR) dio a conocer los nuevos valores del Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono, que ya se encuentran informados en la web de AFIP y entran en vigencia a partir del 1º de marzo.
Naftas (debe detraerse el porcentaje correspondiente a bioetanol del 12 por ciento que no se encuentra gravado)
Gasoil (debe detraerse el porcentaje correspondiente a biodiesel del 10 por ciento que no se encuentra gravado)
Desde la entidad empresaria sugirieron realizar las adecuaciones pertinentes en los sistemas de gestión.

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