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Expertos en la materia aseguran que una vez que la Corte Suprema declare inconstitucional del tributo, tal como se espera conforme a los argumentos planteados en la causa, los consumidores podrán exigir a los municipios el dinero abonado hasta que estuvo en vigencia. ¿Afecta a las estaciones de servicio?
Guillermo Tapia, asesor legal del Frente para la Victoria (FPV) de Junín, localidad también afectada por la tasa vial, conoce en detalle los distintos fallos y antecedentes que se pronunciaron en contra del cobro de un canon a los combustibles por parte de localidades bonaerenses. En una entrevista para surtidores.com.ar, el especialista analiza el tema.
Si la Corte declara a la tasa inconstitucional ¿Podrán los consumidores exigir el reembolso?
Para el caso en que la tasa vial sea declarada inconstitucional por la justicia, los consumidores tendrán la posibilidad de solicitar la devolución del plus abonado, dado a que si no se configuraría un enriquecimiento sin causa por parte del Estado.
¿Cómo se podrá realizar el reclamo?
El problema surge en relación al tema probatorio, dado que los consumidores deberán comprobar que realizaron erogaciones para cargar combustibles pagando así el gravamen en cuestión, por ejemplo con los tickets.
Y contando con los comprobantes ¿Cómo podría instrumentarse legalmente la demanda?
En principio, es el propio municipio quien deberá hacerse cargo de devolver en forma voluntaria el plus cobrado en forma ilegal. En caso de que ello no suceda, los consumidores podrán optar por iniciar las correspondientes acciones legales contra el estado municipal para que se les devuelva el monto abonado en concepto de tasa vial.
¿Algún consumidor podría solicitar el reembolso a la estación de servicio?
En principio no, dado a que si bien son las estaciones de servicio a través de quienes se va a percibir el gravamen, lo cierto es que las mismas cuentan con una obligación legal de hacerlo. Más allá de la legalidad o no de la norma que regula la tasa vial y establece dicho deber por parte de dichas estaciones, lo cierto es que hasta que la justicia no determine la inconstitucionalidad, la norma va a ser lícita ya que los actos del Estado se presumen válidos. Es decir que las estaciones de servicio no cobran la tasa vial en forma voluntaria, sino que están obligadas por el Estado a hacerlo, salvo que cuenten con alguna medida cautelar ordenada por la justicia que las exonere del cobro.
Hola a todos si van a devolver el impuesto de la tasa vial nadie guarda los tiques que busquen algo mas razonable por ej que bajen el precio de las naftas……….
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