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El acceso web previsto por la normativa aún no fue habilitado, generando incertidumbre entre los operadores, que además enfrentan un régimen con fuertes sanciones en caso de incumplimiento.
Desde hoy, las Estaciones de Servicio de todo el país quedaron alcanzadas por una nueva exigencia que modifica la operatoria diaria del sector. A partir de este 1° de julio, los resultados de los ensayos obligatorios que se realizan sobre cada recepción de combustibles deben informarse a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero mediante una plataforma digital especialmente creada para ese fin.
El problema es que, al comenzar a regir la obligación, el enlace web donde debe efectuarse la carga de la información todavía no se encuentra disponible, dejando a los expendedores sin la herramienta necesaria para cumplir con la normativa.

La situación genera preocupación entre los empresarios del sector, ya que la Resolución General 5835/2026 no solo incorporó nuevas responsabilidades para las Estaciones de Servicio, sino que además prevé importantes consecuencias para quienes incumplan las obligaciones establecidas.
El nuevo régimen reemplazó el sistema anterior y convirtió a las estaciones en un eslabón clave dentro del esquema de control fiscal de los combustibles. Desde ahora, cada descarga debe ser sometida obligatoriamente a un ensayo mediante reactivos homologados que permiten verificar la presencia de marcadores químicos utilizados para identificar naftas y gasoils alcanzados por beneficios impositivos y comunicarla digitalmente al organismo oficial.
Una vez realizado ese procedimiento, los resultados deben conservarse y ser informados electrónicamente dentro de los cinco días corridos posteriores a la recepción del producto. El inconveniente es que, pese a que el plazo comenzó a correr desde hoy, el acceso al sistema digital prometido por ARCA aún no fue habilitado.
La falta de la plataforma deja a las estaciones en un escenario de incertidumbre. Si bien el plazo para presentar la información todavía permite algunos días de margen, los operadores esperan definiciones oficiales para evitar inconvenientes administrativos o eventuales incumplimientos involuntarios.
La preocupación no es menor. La resolución endurece significativamente las responsabilidades de las Estaciones de Servicio y establece que los operadores deberán actuar también como verificadores de la trazabilidad de los combustibles.
Además del control físico, la normativa obliga a constatar que la documentación entregada por el proveedor contenga todas las leyendas exigidas respecto del estado del producto y del tipo de marcador utilizado.

El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede derivar en sanciones previstas por la Ley de Procedimiento Fiscal, además de la pérdida de beneficios impositivos y la obligación de ingresar los tributos que eventualmente hubieran sido omitidos.
La normativa tampoco hace diferencias según el tamaño del establecimiento. Tanto las estaciones de mayor volumen como las más pequeñas deben cumplir exactamente con las mismas exigencias, lo que obligó durante las últimas semanas a capacitar personal, incorporar reactivos homologados y adaptar procedimientos internos.
Que dijeron del sueldo? de cuanto será? porque me imagino que si nos hacen laburar de policias fiscales nos darán algo que no?.
Impresentables.
Hay varias maneras de controlar lo que quieren controlar sin tener que sobrecargar de trabajos y responsabilidades a las estaciones, por ejemplo poner inspectores en los los puestos de policía caminera, con poder para sacar muestras (1/2 litro alcanza) y analizarlas en situ, si encuentran combustible exento en Formosa por ejemplo, aplican las multas pertinentes.
Todo esto sin mencionar que los trazadores son productos químicos que su manipulación es peligrosa para la salud; y sin mencionar que la empresa que los vende es una sola en todo el país (raro no?).
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