Miércoles, 18 de julio 2012

El fin de una polémica: las estaciones de servicio no deben inscribirse en el Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos

Una Resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo obligaba a las estaciones de servicio a incluirse dentro de una nómina de actividades propensas a contraer enfermedades cancerigenas. La dependencia ahora desconoce si el rubro debe inscribirse pero las ART consideran que los empleados no están en contacto con agentes de riesgo

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