Vuelve a Comisiones
La iniciativa parlamentaria contemplaba una serie de modificaciones en el área de los hidrocarburos, aunque los cambios sustanciales para la actividad fueron plasmados por el DNU 70/23, que está vigente.
Tras el cuarto intermedio y cuando se estaba por tratar la privatización de empresas estatales, el oficialismo tomó la decisión de que la Ley Ómnibus vuelva a comisión porque no contaba con los votos para aprobar los artículos en el debate particular.
Esto significa que deberá analizarse desde un inicio y para ello será sometido a debate en un plenario de comisiones de Legislación General, Presupuesto y Hacienda, y Asuntos Constitucionales.
Cambios en los contratos entre petroleras y Estaciones de Servicio tras la sanción del DNU
Una vez que se obtenga un nuevo dictamen, si se va a poder convocar a una sesión en el recinto para que los parlamentarios puedan volver a debatir el tratamiento general de la ley. Esto quiere decir que queda sin validez la aprobación en general que se dictó el pasado 2 de febrero.
El proyecto -del que hasta el momento se desconoce si se discutirá en el ámbito legislativo, o se someterá a un plebiscito popular- contemplaba una serie de modificaciones en el área de los hidrocarburos, sin embargo, en lo que concierne a las Estaciones de Servicio, no tiene mucha incidencia, porque en realidad los cambios sustanciales vinieron dados por el DNU 70/23, que está vigente y que, por lo menos hasta ahora, no existe ningún fallo que lo impugne.
La medida, denominada “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”, derogó un número significativo de normativas que regulaban distintos aspectos del sector, especialmente con relación a los contratos con petroleras y venta de combustibles.
La Justicia suspendió la esencialidad de la venta de combustibles
Entre los puntos salientes, se destaca que el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción, lo que significa que no existirán controles de precios en la venta de combustibles.
Asimismo, deroga el Decreto 1060/2000, por lo que quedan sin efecto los plazos máximos fijados para los contratos de abastecimiento con las petroleras, además de desactivar la limitación que tenían las compañías de ser propietarias u operar directamente un porcentaje superior al 40 por ciento del total de la red de Estaciones de Servicio que comercializan las marcas que sean de su propiedad.
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