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El gobierno de Javier Milei busca desregular el mercado farmacéutico argentino, lo que causó un interrogante en el sector expendedor de combustibles relacionado a la posibilidad de que las tiendas de conveniencia puedan ofrecer productos relacionados al cuidado de la salud.
Luego de que el Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (CEPROFAR), expusiera en el Congreso Nacional el rechazo de la entidad contra la propuesta oficial de introducir a comercios de todo tipo para comercializar fármacos, las Estaciones de Servicio que poseen minimercados, centraron su atención en este tema que podría habilitarlas a incursionar en un nuevo nicho de negocios.
En la presentación la semana pasada en el plenario de comisiones legislativas, los profesionales dejaron clara su postura respecto a que la dispensación de medicamentos en góndolas tiene sus riesgos, como ser la automedicación y advirtieron que también se habilita a droguerías a entregar medicamentos directamente al público, generando preocupación sobre distorsiones en la distribución y limitando la libre elección de los pacientes.

Pero en este contexto, se plantea la duda sobre si los establecimientos de venta de combustible pueden ser parte de la red de venta de medicamentos, por ejemplo, a través de las Tiendas.
En ese sentido, el abogado especialista en asesoramiento de empresas, Marcelo Saleme Murad, agregó un matiz diferente a la interpretación de las entidades de farmacias y a la polémica que se está dando en la Cámara de Diputados.
En primer lugar aclaró a surtidores.com.ar, que “el DNU únicamente se refiere a los medicamentos de venta libre y nada cambia respecto de los remedios recetados”.
Por ello, el especialista comentó que el despacho de remedios de venta libre en negocios sin dirección farmacéutica hasta el presente es una práctica ilegal. Sin embargo, resaltó la importancia de la adhesión de las provincias a estas medidas, ya que tanto la regulación del expendio de especialidades medicinales, como la del ejercicio de la profesión farmacéutica son “competencias provinciales”.

Al respecto, resaltó la reciente interpretación que la Corte Suprema de Justicia hizo en relación de las facultades delegadas a la Nación en este aspecto, la cual establece que la política de salubridad y la reglamentación del comercio de medicamentos es facultad exclusiva de las provincias.
Por lo cual, señaló, en relación a si las Estaciones de servicio pueden comenzar a vender medicamentos de venta libre que “por ahora no es posible ya que, siguen vigentes las legislaciones locales actuales”, pero dejó planteado que es preciso esperar lo que resuelve cada jurisdicción en relación al tema.
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