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Los municipios de Pinamar, cuyo intendente pertenece al PRO y el de Avellaneda, su titular integra las filas del FDT, aplicaron un sobreprecio a los combustibles para mejoras viales.
Desde la Federación de Entidades de Combustibles, comenzaron una campaña para ejecutar la inconstitucionalidad de la Tasa Vial que se sigue cobrando en diferentes municipios de la provincia de Buenos Aires.
Los asesores legales de la FEC enviaron cartas documentos a los intendentes de Pinamar y Avellaneda, para que cesen en la aplicación de este polémico tributo que “resulta distorsivo”, tal cual los dichos del presidente de la entidad Juan Carlos Basílico.
En ese sentido Basílico informó que se intimó a los jefes comunales Martin Yeza de Pinamar y a Jorge Ferraresi de Avellaneda, invocando que la Tasa Vial que están implementando en sus municipios “ocasiona migraciones interjurisdiccionales de consumos e indudables perjuicios, tanto para el público consumidor, como para los establecimientos dedicados al expendio de combustibles”.
El dirigente lamentó que no haya diferencias políticas al momento de aplicar gravámenes distorsivos contra los consumidores ni los estacioneros, en referencia a que el intendente de Pinamar pertenece al PRO y su par de Avellaneda integra las filas del FDT.
Aseveró que este tipo de imposición excede las facultades tributarias de las comunas y por ende, se transforma en una fuente de percepción ilegítima, a la vez que insistió en que se suspenda el cobro de la Tasa Vial.
En ese contexto, el abogado de FEC Fabián Tobalo, redactó en las misivas que la ley de coparticipación federal, veda a las provincias y a sus respectivos municipios la imposición de “gravámenes análogos a los que son objeto de distribución del régimen”.
Agregó que esa misma ley aclara que “las provincias toman el compromiso de no establecer otros gravámenes locales sobre combustibles líquidos y lubricantes”, porque que según lo dispuesto por el art. 17 de la mencionada norma, el Fondo Nacional de Vialidad se nutre, entre otros recursos, del impuesto sobre los combustibles regido por la Ley 23.966.
Vale destacar que de acuerdo a los municipios, el cobro extraordinario sobre el litro de combustibles y GNC, puede ir desde el 1,5 por ciento hasta el 3 por ciento por encima de los valores de pizarra.
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