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Un empleado de una Estación de Servicio exigió se le reconozca la indemnización correspondiente a una categoría de mayor jerarquía, pese que su recibo de sueldo indicaba una inferior.
Un fallo de la Cámara de Apelaciones del Trabajo Sala I consideró injustificado el reclamo de un empleado de una Estación de Servicio, que al ser despedido, exigió que su indemnización se ajuste a la categoría que debería haber ostentado por su labor, a pesar que su recibo de sueldo revelaba una menor.
En efecto, el expediente 108413/2016 de reciente resolución, sostiene que el actor cuestiona que en primera instancia el tribunal haya desestimado la pretensión relativa al pago de diferencias salariales devengadas y no abonadas, por las partidas “manejo de fondos”, “asistencia” y “antigüedad”.
El trabajador denunció haberse desempeñado para la empresa demandada –durante los últimos dos años de la relación laboral– como “empleado de Estación de Servicio categoría supervisor de la CCT 317/99 y no como se lo hacía figurar en los recibos de sueldo con un salario netamente inferior”. Por su parte, al contestar la acción, la empresa adujo que “el actor al momento de su desvinculación ostentaba el cargo supervisor categoría fuera de convenio”.
Según afirmaron los jueces en la sentencia, la categoría denunciada en inicio por el propio accionante (“supervisor”) no se encuentra entre las comprendidas en el citado convenio colectivo, lo cual supone un reconocimiento tácito de la exclusión ante las regulaciones de la norma convencional.
Agregaron que que lo propio tampoco fue objetado con respecto a la información consignada tanto en los recibos de sueldo como en los certificados de trabajo recibidos por el peticionante.
Asimismo, sostuvieron “el salario básico percibido por el actor fue ostensiblemente superior al más alto establecido para los trabajadores encuadrados en el convenio, elemento adicional que dispersa cualquier eventual hipótesis de fraude contractual”.
Por tales fundamentos, los magistrados actuantes propiciaron rechazar el agravio y confirmar la solución adoptada en la sentencia resistida.
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