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En la provincia de Buenos Aires, las expendedoras de combustibles todavía no recibieron noticias del nuevo piso de facturación anual que las obliga fiscalmente a inscribirse o desistir de su carácter de agentes de retención para el fisco bonaerense.
De acuerdo a las leyes de la Provincia de Buenos Aires, en atención a que a la fecha no se han actualizado los importes oportunamente establecidos por la Disposición Normativa (ARBA) 9/2020, aquellos contribuyentes que tengan como actividad principal la de comercialización de combustibles y que hayan obtenido ingresos brutos operativos (gravados, no gravado y exentos) superiores a $ 165.000.000 durante el año 2020, deberán inscribirse como agentes de recaudación (retenciones en los pagos y percepciones en las ventas) y comenzar a actuar como tales a partir del próximo 1° de marzo.
En este contexto, el asesor contable de la Federación de Entidades de Combustibles, Sebastián Vázquez, recordó a surtidores.com.ar que “todos los años, entre el 1 de enero y el 28 de febrero, las Estaciones de Servicio deben a través de sus contadores, averiguar si sus ingresos operativos superan el denominado límite fiscal”.
Advirtió que “hasta la fecha, la Agencia Recaudatoria de Buenos Aires, no emitió ninguna información con el nuevo límite establecido”, por lo cual, aconsejó a los estacioneros “manejarse con la cifra del año 2020, que es el de 165 millones de pesos anuales”.
Pero aclaró que por efectos de la inflación y de los sucesivos aumentos del combustible líquido en los surtidores especialmente durante el mes de enero, habrá muchos establecimientos que el año pasado no estaban incluidos entre los parámetros de ARBA que hoy deberán inscribirse como agentes retentores.
Por otra parte especuló que seguramente se darán casos de bocas de expendio que han sido fuertemente golpeadas por la caída en las ventas derivada de la pandemia, que aún hoy siguen sin poder remontar volúmenes y posiblemente quedarían exceptuadas de este marco tributario.
“En estos casos, el titular de la Estación de Servicio en su carácter de contribuyente puede solicitar la baja del padrón de agente de retención, por no haber alcanzado el umbral de 165 millones de pesos anuales”, expresó Vázquez.
Finalmente destacó que en esta situación, no se puede hacer un análisis general que lleve a una conclusión en conjunto que englobe a todos los contribuyentes por igual a nivel general, porque cada Estación de Servicio tuvo su propia circunstancia y se debe estudiar caso por caso.
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