Pese a estar prohibidos los despidos
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dispuso el importe promedio de las remuneraciones correspondiente al CCT 371/03, perteneciente a la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos (CECHA).
Mediante la Disposición 665/2019, publicada en el Boletín Oficial del día 2 de junio, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable referido al Convenio Colectivo 371/03.
De acuerdo a la citada norma legal, el monto se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
En ese sentido, la publicación refiere al acuerdo salarial suscripto entre la entre la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA) y el Sindicato y la Federación de Empleados de Estaciones de Servicio, el cual se reproduce a continuación:
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Una medida similar fue aplicada sobre el convenio correspondiente a la Federación de Expendedores de Naftas del Interior. En este caso, la Disposición 518/2019, recae sobre el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 345/02.
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