Activar/Desactivar Leer Página
La Resolución 478/2009 de
La medida está fundada en contribuir a la conservación del medioambiente ya que apunta a reducir la cantidad máxima de azufre que deben contener los diferentes tipos de gasoil y de naftas en las zonas de alta y baja densidad urbana hasta el año 2016. Sin embargo deja en claro que el aplazamiento responde a que el consumo de gasoil aumentará en los próximos años, por lo cual se deberá atender parte de la mayor demanda con productos de importación alegando que la capacidad de refinación se encuentra en el máximo técnico. Es por esta razón que la dependencia estableció el corrimiento de las fechas en las que los nuevos combustibles debían estar en el mercado fijando que en el caso de las naftas o alconafta Grado 3, las que deberán tener un contenido máximo de azufre de 150 partes por millón en peso (mg/kg) y de benceno medido como porcentaje en volumen (ml/100ml) de uno, entrarán en vigencia a partir del 1º de julio de 2012. En idéntico plazo también deberá encuadrarse el gasoil, el cual deberá contar con un contenido máximo de azufre de 500 partes por millón en peso (mg/kg) en la zona de alta densidad y en todas las capitales provinciales con excepción de Ushuaia, Río Gallegos, Rawson y para el resto del país un contenido máximo de azufre de 1500 partes por millón. A fin de atender los nuevos requerimientos, las empresas productoras de combustibles comenzaron a adecuar sus instalaciones para lo cual destinarán millonarias inversiones como la encarada el año pasado por YPF que desembolsó 744 millones de dólares para producir más y mejores combustibles, la inversión más importante de los últimos diez años en el sector refino en
DEJANOS TU COMENTARIO!