Suma fija
El oficialismo en la Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley de reforma tributaria que, entre otras cosas, contempla cambios en la composición impositiva de los combustibles. Se derogan el Impuesto al Gasoil y el Fondo Hídrico de Infraestructura
Tras la intensa sesión que convirtió en ley la reforma provisional, la Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa que propone modificaciones en el régimen tributario y que contempla cambios en la composición impositiva de los combustibles.
El proyecto establece para el caso de la nafta y el gasoil impuestos de suma fija que se ajustarán por inflación. No obstante, cuando varíe el tipo de cambio real o el precio del petróleo, la nueva estructura del impuesto funcionará como amortiguador.
En ese sentido, el índice aplicable puede ser distinto a la evolución específica de los combustibles que estos tributos gravan, o sea que se puede desacoplar y aumentar o subir en términos relativos los mismos.
También se derogan el Impuesto al Gasoil Ley 26.028 y el Fondo Hídrico de Infraestructura Ley 26.181 –ambos se destinaban a fideicomisos para obras viales e hídricas- y se reemplazan por el nuevo Impuesto al Dióxido de Carbono.
Asimismo dispone que se respetarán los pagos a cuenta, reducciones por zona geográfica, exenciones y asignaciones específicas de recursos actuales.
Precisa además que el hecho imponible se perfecciona:
a) Con la entrega del producto, emisión de la factura o acto equivalente, el que fuere anterior.
b) En el caso de los productos consumidos por los propios contribuyentes, con el retiro de los combustibles para el consumo.
c) Cuando se trate de los responsables, en el momento de la verificación de la tenencia de los productos.
TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO
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