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La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó un recurso que exigía la nulidad del acto homologatorio del CCT 521/07 de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA)
Con fecha 26 de abril, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sita en Lavalle 1554, de la Ciudad de Buenos Aires, dictó sentencia rechazando el Recurso Extraordinario que exigía la nulidad del acto homologatorio del CCT 521/07 de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA)
La solicitud se originó en un pedido presentado por la Federación de Combustibles de Buenos Aires (FECOBA) caratulado “FEDERACION ENTIDADES DE COMBUSTIBLES PCIA. BS. AS. C/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE TRABAJO S/OTROS RECLAMOS – IMPUG.ACTO ADMINISTRATIVO”.
Los magistrados dictaron Sentencia de 2° Instancia que dictara esa Cámara confirmando el 1º fallo. La medida, según adelantaron desde FECRA, dará origen a que se ejerzan acciones para dejar totalmente sin efecto el convenio de la entidad litigante.
Asimismo desde la institución porteña, hoy intervenida por un triunvirato de delegados normalizadotes, señalaron que no sólo FECRA ha llevado a cabo acciones contra su par nonaerense, sino que existe también formal denuncia de una Cámara del sector l en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, debido a la eventual connivencia existente entre ambas entidades en cuanto a incrementos salariales.
El CCT 521/07 tiene representatividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, y en todo el territorio de la República Argentina con excepción de las Provincias de Córdoba y Santa Fe.
Comprende al personal que se desempeña en Estaciones de Servicio de combustibles líquidos, de GNC, y combustibles de toda clase; así como aquellos que ocupen puestos de abastecimiento de combustibles líquidos y GNC.
La presente decisión judicial tomó estado público en momentos de un inminente acuerdo salarial para el personal del sector, habilitando a ambas instituciones empresariales a formalizar sus propios convenios.
Es clara también la connivencia entre todas las federaciones q representa a los empresarios y FOESGRA, prueba de esto son los descuentos q sufrimos mes a mes los trabajadores comprendidos en el cct 521 /07 en concepto de mutual y sepelio ( art 26 y 27 ) de dicho convenio y también se puede decir lo mismo del ministerio de trabajo q lo homologo, es claro que esos dos art de dicho convenio se los pusieron ahí para recaudar a fabor de FOESGRA, es totalmente ilegal cobrar un aporte para una mutual q no haya sido aprobada en asamblea de socios cotizantes , le corresponde a la autoridad de aplicacion velar por nuestros derechos y sin embargo este convenio lo aprobó el ministerio de trabajo
Hector tenemos el mejor convenio y vos te quejas , el año pasado los sindicalistas consiguieron un aumento del 42% el mas alto de todos , pero vos te quejas , cobras manejo de fondo un 8% pero vos te quejas y asi un montón de cosas , Hector segui trabajando y dejate de joder
El mejor convenio ? Fíjate cuanto cobran los bancarios por manejo de fondos , déjate de joder , nosotros trabajamos en un ambiente hostil , contaminado por vapores cancerígenos , contaminado acusticamente, en extremo calor o frío , bajo lluvias porq los techos son altos , tenemos que estar atentos a accidentes q nos pueden lesionar gravemente o a terceros , atentos a q pruducto cargar sin equivocarse , atento a no recibir billetes falsos , en hras nocturnas con poca luz en la mayoría de los casos y expuestos a q te asalten , por fabor , se nota que sos una idiota útil obsecuente a DON ACUÑA Y SU BANDA
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