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El senador nacional por San Juan, Roberto Basualdo, informó a surtidores.com.ar, que presentó un proyecto de ley que propone la eliminación del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios en cuenta corriente, por el término de diez años. Puntualmente, establece una modificación a la ley de competitividad.
En diálogo con surtidores.com.ar, el Presidente de la Comisión de Economías Regionales, Economía Social, Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Senado Nacional, Roberto Basualdo, justificó que la medida favorecería de manera significativa las finanzas de las estaciones de servicio y opinó que “este impuesto fue transitorio, y luego se quedó para perpetuarse en el tiempo”.
Consideró que “los impuestos deben estar orientados a tributar las ganancias de las personas tanto físicas como ideales, es ahí donde está la verdadera equidad y ecuanimidad del sistema tributario”.
Asimismo, Basualdo sostuvo que “la medida debe ser paulatina para que la falta de recaudación por la inexistencia del impuesto pueda ser suplantada por la mejora en la recaudación de los restantes tributos por efecto de la reactivación que cause en la economía la aplicación de esta ley, de ser aprobada”.
Cabe destacar que la iniciativa propone la aplicación de alícuotas que van desde el 100 por ciento en al año 2016 hasta la alícuota 0 en el año 2027, año en el cual se dejará de tributar el impuesto.
“El impuesto al cheque que perjudica hoy en día a las pymes expendedoras de combustibles, y a muchos emprendimientos de distintas actividades, grava la facturación, por eso puede que un sujeto pasivo de impuesto en ese año fiscal haya tenido fuertes pérdidas económicas y tenga que tributar. Pero, por otra parte, es regresivo porque afecta al sistema financiero ya que carga las transacciones bancarias. De este modo evita la bancarización por parte del contribuyente”, afirmó Basualdo.
Destacó que a lo largo de la historia, los gobiernos en la Argentina se dedicaron a “castigar con impuestos a los encargados de producir y generar trabajo genuino y hoy este gobierno por primera vez está reconociendo a las pymes y dándoles el trato que se merecen”.
Sin embargo, se mostró en desacuerdo con el efecto que los aumentos tarifarios provocaron en los comercios y en las expendedoras de combustibles.
Reiteró por otra parte, que “la comisión tiene sus puertas abiertas para realizar rondas de diálogo con las Cámaras empresarias de Estaciones de Servicio con el fin de establecer políticas comunes para beneficio de dichas pymes”.
Entiendo que el cambio de la actual ley por otra puede ser engorroso. El texto que sigue pertenece a la ley en vigencia, la 25.413, en su artículo 2°:
“Se faculta al Poder Ejecutivo nacional a determinar el alcance definitivo y a eximir, total o parcialmente, respecto de algunas actividades específicas, el impuesto de esta ley cuando, por las modalidades de sus operaciones hagan habitualmente un uso acentuado de cheques y cuyo margen de utilidad sea reducido en comparación con el tributo, o en otros casos de fundada necesidad; siempre que la situación particular no pueda ser corregida por otro medio más idóneo.”
La actividad de las estaciones de servicio, donde se “mueve” una gran cantidad de dinero pero el propietario solamente obtiene un margen pequeño, está alcanzada sin ninguna duda por ese párrafo de la ley.
Es cierto que en todos los años de vigencia se han realizado varios intentos de eliminar o reducir la alícuota para esta actividad sin éxito, pero me da la impresión que éste es una camino más rápido. Y si no es efectivo se deberá recurrir a la justicia para que lo sea.
Saludos.
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