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Antes de asumir a su cargo, Juan José Aranguren prometió que propondrá cambios impositivos sobre los combustibles. Sin embargo por ahora no hay ninguna iniciativa que contemple una modificación. Argentina es el país con los impuestos más caros de la región.
Cuando aun se encontraba en plena campaña, Juan José Aranguren prometió durante un Foro de Expendedores que impulsaría cambios impositivos sobre los combustibles. Ejemplificó el caso de Chile, cuya carga tributaria baja si el petróleo cotiza en alza y a la inversa.
El modelo quizás no sea el más indicado para este presente con el petróleo por debajo de los treinta dólares. No obstante, hasta el momento no hay ninguna iniciativa en carpeta de modo que Argentina continuaría por un tiempo siendo el país con mayor carga tributaria de la región.
Alterar la composición impositiva de las naftas y el gasoil no es tarea sencilla. Las posibilidades que otorga la ley 23.966 al Poder Ejecutivo son muy escasas, solo permite bajar la alícuota de cada producto hasta un 10 por ciento, en caso de pretender un gravamen mayor se debe recurrir al Congreso Nacional.
Una medida de esa índole fue sancionada hace dos años atrás cuando el decreto 966/14 dispuso una nueva base imponible que no podrá ser inferior al que resulte de la aplicación de los montos del Impuesto por Unidad de Medida que se establece a continuación:
También quedaron gravados con la Alícuota aplicada a las naftas de más de 92 RON, los productos compuestos por una Mezcla de Hidrocarburos, en la medida que califiquen como naftas de acuerdo con las especificaciones técnicas del Decreto Reglamentario
No obstante, desde todos los sectores reconocen que la incidencia de los impuestos es muy importante. Los estacioneros aseguran que es la variable de ajuste a mano para mejorar la rentabilidad que reciben por la venta de subproductos. Y no solo los nacionales, también le apuntan a los provinciales y municipales.
En nuestro país el costo fiscal ronda del 38 al 45 por ciento del precio final de las naftas y el gasoil. En Brasil por ejemplo, según explican desde la Federación Nacional de Comercio de Combustibles y Lubricantes de ese país, el peso del tributo alcanza al 36 por ciento en las naftas y el 23 en el diésel.
En realidad la Ley establece: “ARTICULO 5º —Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a aumentar hasta en un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y a disminuir hasta en un DIEZ POR CIENTO (10%) las alícuotas indicadas en el artículo 4° cuando así lo aconseje el desarrollo de la política económica. Esta facultad podrá ser ejercida con carácter general o regional para todos o algunos de los productos gravados.” O sea que la alícuota puede ser aumentada por decreto.” Texto actualizado de la norma.
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