Menos intervención
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España recomendó limitar al 4,99 por ciento la participación los operadores con capacidad de refino. La decisión se suma a la de otros países que ya contemplan esta restricción en sus legislaciones. Argentina aun aguarda la suya.
Sumándose a una corriente mundial que privilegia a las empresas PyMes, España decidió restringir la participación de las compañías petroleras en el mercado minorista de combustibles. Lo hizo a través de una propuesta emanada desde Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, organismo que estimó en 4.99 el porcentaje máximo de intervención en el segmento de estaciones de servicio.
La CNMC considera que todavía persisten “importantes barreras de entrada y expansión” para los nuevos operadores que quieran entrar en este mercado y que una de las principales causas es la estructura de las empresas tradicionales (Repsol, Cepsa y BP), presentes en toda la cadena de valor.
De acuerdo con el informe, este hecho “favorece situaciones de concentración e integración vertical del mercado, donde tienen un poder de mercado significativo y no replicable“.
El documento emitido por la CNMC indica “que los operadores petrolíferos con refinerías cuentan con ventajas prácticamente irreproducibles” para el resto de los operadores, fruto de su integración vertical en las actividades de refino, transporte, almacenamiento primario y secundario, y distribución.
Por todo ello, propuso limitar al 4,99 por ciento la participación directa o indirecta. En la actualidad, Repsol tiene un 9,9; Cepsa, un 9,14 y BP, un 5 por ciento.
En Argentina, los expendedores aguardan su ley
Pese a que ha sido presentada en distintos períodos legislativos y bajo diferentes firmantes, nuestro país aún espera la sanción de una normativa que regule el mercado de los combustibles.
Diferentes motivos, todos de índole política, frenaron su tratamiento en el recinto, no obstante los estacioneros aguardan con ansias la posibilidad de la iniciativa logre estado parlamentario.
Uno de los puntos medulares del último proyecto establece que “las petroleras, distribuidoras mayoristas o importadoras de combustibles de uso automotor, no podrán tener ninguna participación directa o indirecta en empresas dedicadas a la comercialización mayorista o minorista, quedando expresamente prohibido todo convenio o acuerdo, cualquiera fuere su naturaleza, que haga presumir la existencia de subordinación o control por parte de aquellas respecto de una empresa”.
No obstante autoriza a operar estaciones de servicio o bocas de expendio cuya venta a consumidor directo no exceda el hasta un 15 por ciento de sus ventas totales en el mercado interno.
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