Repro II
Las Estaciones de Servicio, por ser consideradas “sector crítico”, podrán acceder hasta $22000 por empleado. La variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo período de 2019, debe presentar una reducción superior al 20 por ciento.
La inscripción al Programa de Recuperación Productiva (Repro II) para el pago de los salarios de julio, finalizará el próximo 29 de julio. El Ministerio de Trabajo definió que no volverá a prorrogar las disposiciones transitorias que se habían tomado en abril, mayo y junio.
El REPRO II consiste en el pago de una suma mensual por cada relación laboral existente, incluyendo a los trabajadores con contratos de temporada. El monto del beneficio se acreditará directamente en el CBU de los trabajadores de las empresas beneficiarias. Las Estaciones de Servicio, por ser consideradas “sector crítico”, podrán acceder hasta $22000 por empleado.
Además, otorga una reducción del 100 por ciento de las contribuciones patronales con destino al SIPA, en el caso de los empleadores que realicen actividades afectadas en forma crítica.
REQUISITOS
Se exime de la obligación de presentar balance. El trámite es gratuito y no requiere de intermediarios ni gestores.
Fuentes del sector estiman que si bien se van a inscribir un buen número del padrón de empresas expendedoras de combustibles, consideran que esta vez el filtro para obtener el beneficio será más complicado de atravesar.
Desde el Ministerio de Trabajo, confirmaron a surtidores.com.ar, que flexibilizaron “de hecho” los requisitos exigidos para acceder al subsidio destinado a sostener el sueldo de los trabajadores.
Aseguran que 8 de cada 10 Estaciones de Servicio no se han podido inscribir. Los despachos de abril han demostrado una baja en los despachos de combustibles del 12 por ciento respecto a niveles prepandémicos; pero la cifra en mayo la agravaría al 30 por ciento.
Una buena el gobierno decretó la opción de pago de la cuota Sindical , ahora vamos por el No pago de los Aportes y Contribución Arts. N°31,32,33 y 34 estos son los que más recaudan , la cuota Sindical Art. N° 35 en realidad no es nada son $2.- este es válido para votar, para formar un lista opositora , poder asistir a asambleas ( cuando avisan) lógicamente a las de entre gallos y media noche No