Caso testigo
Se trata de una decisión que obliga a suspender la percepción de Ingresos Brutos por parte de la provincia de Misiones, ante un pedido de amparo de la Cementera Loma Negra, que según la Cámara de Expendedores de Formosa podría convertirse en un “leading case”.
La dirigencia estacionera se encuentra analizando la posibilidad de reinterpretar un fallo de la Suprema Corte que deja sin efecto el cobro a cuenta de Ingresos Brutos a los camiones como obligación para permitirles el acceso al territorio provincial.
Según los expertos consultados, en principio las petroleras estarían habilitadas de manera directa para negarse a pagar dichos tributos con los camiones de combustibles que abastecen a las Estaciones de Servicio del NEA.
Pero el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio de Formosa, Ángel Luis Bigatti, profundizó en diálogo con surtidores.com.ar los alcances legales de los jueces ante el decreto en cuestión, para dejar abierto un posible reclamo que haga que los estacioneros de la región puedan recuperar millones en concepto de pago a cuenta de Ingresos Brutos.
Al respecto, el empresario igualó los fundamentos de la Corte en este caso puntual con el hecho de que a su entender, podría indicar una tendencia para casos similares y que a pesar de haberse dado para una provincia aledaña como Misiones, “produjo gran expectativa en el ambiente económico y jurídico de Formosa donde son tan estrictos que se percibe como medida absurda y propia de abusos de poder de funcionarios de la Dirección General de Rentas”.
Bigatti explicó que “un decreto como el que fuera cuestionado por Loma Negra, no puede modificar una Ley”. En ese marco de situación citó el ejemplo académico de la pirámide de Kelsen la cual determina la prelación del orden jurídico y de donde surge claramente que una Resolución de la DGR no puede sobreponerse a una norma legal.
Agregó que existe una bonificación por pago en término establecido en el Código Fiscal Ley Nº 1590, artículo 53, que se establece descuento del 20 por ciento del impuesto para aquellos contribuyentes “que exterioricen correctamente y abonen sus Declaraciones Juradas mensuales en término, en efectivo y en relación estricta con el total de sus ingresos brutos”.
El directivo advierte que una Resolución formoseña del año 2015, dispone que “para poder usufructuar del beneficio citado, los contribuyentes deberán cumplir con una serie innumerable de requisitos y condiciones que la DGR dispone”.
“Es decir que una dirección provincial legisla sobre una ley nacional y además aplica esa Resolución con retroactividad”, expresó y adelantó que elevará un pedido judicial para derogarla, ya que se ha convertido en una “trampa mortal para los contribuyentes, en este caso hablando de los colegas estacioneros”.
Bigatti aseguró finalmente que se expone al estacionero a inspecciones de la DGR con el fin de hacer perder al contribuyente la bonificación del 20 por ciento por pago en término y así crear una deuda enorme y la existencia del principio “pague y después reclame” que data de los emperadores romanos y que implica denegación de justicia, por la que desaparecen las garantías y sí existe el temor justificado al castigo fiscal.
Especialistas impositivos coinciden en que el polémico impuesto que suele ser cobrado de manera adelantada a la presentación de las rendiciones anuales, generó a lo largo de los años un ahorro forzoso de difícil recuperación, que atenta contra el capital de trabajo.
Al problema de la falta de abastecimiento y el congelamiento de precios en el surtidor, la Cámara de Estaciones de Servicio de Jujuy inició las gestiones ante las autoridades provinciales para que se considere al este gravamen como “regresivo”.
El ministro de Finanzas de la provincia de Córdoba consideró que dicho impuesto es uno de los peores y más perjudiciales para el sector expendedor” y prometió para el año que viene estudiar propuestas que desde el sector expendedor se les acerquen.