Repercusiones de la medida
El Asesor Legal de la FEC, Fabian Alejandro Tobalo, analizó los detalles del decreto que obliga a las petroleras a no aumentar los valores al surtidor por un plazo de 90 días y justificó la incongruencia con la ley.
El especialista en temas legales relacionados con el sector de Estaciones de Servicio, Fabián Tobalo, calificó al Decreto de Necesidad y Urgencia 566/2019 como una medida demagógica y basada en el “error de la improvisación”
Justificó sus adjetivos en que el gobierno cita el art 42 de la Ley de Defensa de la Competencia y la Ley 26.741, de Autoabastecimiento de hidrocarburos, en la expropiación de YPF SA, fijados en los artículos. 99 incisos 1 y 3.
Aclaró que “en ningún lugar se invoca la Ley de abastecimiento”, lo cual a su entender, es la intención basada en conceptos contrarios a los de un gobierno que se calificaba como liberal y democrático, ejerciendo una clara violación de la garantía de la propiedad y de la igualdad de las cargas públicas.
Agregó que “se le imponen pérdidas económicas a ciertos agentes económicos bajo el pretexto de defender el interés general, fijando precios máximos y ejerciendo un poder de policía de mercados”.
Tobalo aseguró que “lo que tendremos con estos viejos remedios es, previsiblemente un seguro desabastecimiento, mercados negros, lucrativas maniobras de arbitraje, y, lo peor de todo, un daño a la confianza que replica sobre futuras inversiones en el sector de hidrocarburos”.
Finalmente advirtió que de ninguna manera es dado invocar la defensa de la competencia, cuando ni esta administración ni la que la precedió hicieron nada para que el mercado nacional de hidrocarburos funcione según las reglas del libre mercado. “Locura es hacer lo mismo una y otra vez esperando resultados diferentes”, sentenció.
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